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Tribunales

La Audiencia Nacional mantiene en prisión al activista multimillonario detenido en Ibiza por "elevado riesgo de fuga"

El tribunal rechaza la fianza de un millón de euros ofrecida por la defensa de James 'Fergie' Cox Chambers Jr. y lo mantiene encarcelado

El millonario alegó sin éxito su voluntad de instalarse en Ibiza para reclamar su libertad

Retrato de Jamie Cox Chambers.

Retrato de Jamie Cox Chambers. / NurPhoto

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Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

La Audiencia Nacional ha decidido mantener en prisión provisional al multimillonario estadounidense James ‘Fergie’ Cox Chambers Jr., detenido el pasado 10 de julio en Ibiza a petición de Estados Unidos, al considerar que existe un «elevado riesgo de fuga» y que las medidas alternativas planteadas por su defensa no ofrecen garantías suficientes de que permanecerá a disposición de la Justicia.

Chambers, cuya defensa corre a cargo del despacho de abogados de Baltasar Garzón, exmagistrado de la Audiencia Nacional, permanece actualmente en un centro penitenciario de Madrid, a la espera de que se resuelva el procedimiento de entrega solicitado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

Filántropo y activista de izquierdas, el estadounidense pertenece a una de las familias más ricas de su país propietaria del conglomerado Cox Enterprises, con intereses en sectores como la automoción, los medios de comunicación y las inversiones.

El multimillonario fue arrestado hace un mes en Ibiza cuando circulaba en coche acompañado de su familia. La resolución judicial concreta que la detención se produjo a las 11.15 horas, después de que la justicia española recibiera una comunicación de Interpol para su arresto con fines extradicionales. En esa comunicación inicial figuraba como delito el blanqueo de capitales. Tras su arresto pasó a disposición de la Audiencia Nacional y declaró por videoconferencia. A petición de la Fiscalía, el juez acordó su prisión provisional, comunicada y sin fianza, mientras se tramita la petición estadounidense.

Su defensa recurrió el encarcelamiento al considerar que no existía un riesgo real de fuga, que Chambers y su familia habían establecido vínculos con Ibiza y que podían adoptarse medidas cautelares menos gravosas, como la retirada del pasaporte, comparecencias periódicas o el pago de una fianza. También puso sobre la mesa la supuesta motivación política de la persecución penal y planteó la posibilidad de aplicar la excepción prevista para delitos de carácter político con el objetivo de impedir la extradición.

Cacerolada esta tarde ante los juzgados de Ibiza para rechazar la extradición.

Cacerolada el 14 de julio en Ibiza para rechazar la extradición. / Vicent Marí

Una fianza de un millón de euros

Durante la vista, celebrada el 27 de julio, la defensa insistió en que Chambers no pretendía huir y argumentó que toda su actuación había estado guiada por fines humanitarios y por la defensa de los derechos humanos, especialmente en relación con Palestina y también con su actividad en Túnez. Sus abogados llegaron a ofrecer una fianza de un millón de euros, además de comparecencias ante el juzgado con la frecuencia que determinase el tribunal. La defensa argumentó igualmente que su puesta en libertad facilitaría la preparación del procedimiento de extradición.

La Audiencia Nacional, sin embargo, considera insuficientes esas garantías. La Sala sostiene que el arraigo que invoca Chambers en Ibiza es fundamentalmente un «arraigo de futuro», basado en su voluntad de establecerse en la isla y no en unos vínculos consolidados durante un periodo prolongado.

El tribunal analiza en este sentido la documentación aportada por el estadounidense: su autorización de residencia en España data de septiembre de 2025, mientras que el empadronamiento, el contrato de arrendamiento y la adquisición de un vehículo son del 3 de julio de 2026, solo siete días antes de su arresto. La documentación bancaria presentada está fechada el 7 de julio.

Los magistrados recuerdan además que, antes de instalarse o intentar instalarse en Ibiza, Chambers había residido en distintos países y continentes desde su salida de Estados Unidos, respaldado por la «altísima capacidad económica» que él mismo reconoce. «El concepto de arraigo no puede equipararse a la voluntad de establecimiento sino al establecimiento efectivo», señala el auto.

La Sala concluye así que los documentos presentados no demuestran un arraigo suficiente para neutralizar el riesgo de que abandone España y aprecia «un elevado riesgo de fuga» que podría frustrar su eventual entrega a las autoridades estadounidenses.

Posible delito de financión del terrorismo

La resolución judicial aporta además nuevos detalles sobre la información que llegó a España a través de Interpol. Según reproduce el auto, Chambers habría transferido 7,5 millones de dólares de su fortuna personal desde una cuenta de Bank of America en Estados Unidos hacia el extranjero, supuestamente con la intención de proporcionar «apoyo material y recursos a organizaciones terroristas extranjeras» y de eludir las leyes estadounidenses sobre su financiación. La petición estadounidense de extradición le atribuye la financiación del brazo armado de Hamás.

La Audiencia Nacional no determina en este auto si la acusación es cierta ni resuelve todavía si Chambers debe ser extraditado. Lo que analiza en esta fase es si existen razones para mantenerlo privado de libertad mientras continúa la tramitación. A estos efectos, la Sala recoge el criterio de la Fiscalía de que el relato comunicado por Interpol podría encajar en España en un delito de financiación del terrorismo del artículo 576 del Código Penal.

Esta posible calificación tiene especial importancia para uno de los argumentos planteados por la defensa. La Audiencia recuerda que la legislación española establece que los actos de terrorismo no tienen la consideración de delitos de carácter político, por lo que esa circunstancia impediría aplicar la excepción alegada para rechazar la entrega por motivos políticos.

La extradición aún no está resuelta

El auto deja claro, no obstante, que la Audiencia Nacional todavía no ha decidido si James Cox Chambers será extraditado a Estados Unidos. De hecho, subraya que todavía no dispone de la documentación extradicional completa. Solo una vez recibida podrá analizarse la totalidad de la petición formulada por las autoridades estadounidenses y comprobar si cumple los requisitos establecidos por los tratados de extradición entre ambos países y por la legislación española.

Hasta entonces, Chambers continuará en prisión. La Audiencia considera que la medida es proporcional a la gravedad de los hechos investigados y a las penas que podrían imponérsele en Estados Unidos, que el procedimiento sitúa por encima de 30 años de cárcel. Los magistrados concluyen que, ni la fianza de un millón de euros, ni el resto de alternativas ofrecidas por sus abogados, constituyen por ahora una «garantía bastante» para asegurar que el reclamado permanezca a disposición de la Justicia y pueda hacerse efectiva su entrega si finalmente se autoriza la extradición.

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