Turismo
Declaran ilegal a un alojamiento turístico de Ibiza que ofrecía camas en el gimnasio
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratifica la cancelación de la inscripción turística de la vivienda Casa Luna por discrepancias esenciales

Fachada del TSJB en Palma. / D.M.
El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado la cancelación de la inscripción turística de la vivienda denominada Casa Luna, situada en Jesús, en el municipio de Santa Eulària. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso de apelación presentado por la mercantil Negu San Rafael SL contra el Consell de Ibiza y ha avalado la actuación de la institución insular.
La resolución ratifica una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma, que ya había considerado ajustada a derecho la retirada de la inscripción del inmueble en el Registro insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Ibiza.
El conflicto se remonta a la declaración responsable de inicio de actividad turística presentada en febrero de 2014 para una vivienda con cinco dormitorios y diez plazas. Tras una inspección, el Consell detectó varias diferencias entre la documentación aportada y la realidad del inmueble.
Según recoge la sentencia, la vivienda figuraba en la declaración con una dirección de la calle Antonio Machado, aunque su localización correspondía a la calle Pío Baroja. Además, en el exterior aparecía el nombre Villa Bortnikova, en lugar de Casa Luna, y una estancia descrita en los planos como gimnasio estaba acondicionada como dormitorio doble con baño.
La empresa defendió que la dirección consignada respondía a razones de accesibilidad, debido a la interrupción de un tramo de la calle Pío Baroja. También alegó que el nombre exterior procedía de anteriores propietarios y que las camas localizadas en la estancia no implicaban que se utilizara como dormitorio.
Capacidad superior a la ofertada
El TSJB rechaza estos argumentos y considera que las tres discrepancias afectan a datos esenciales de la actividad turística. La Sala señala que la ubicación permite identificar el inmueble, que su denominación también forma parte de esa identificación y que el número de plazas determina las condiciones en las que puede desarrollarse la actividad.
El tribunal añade que los hechos recogidos por el servicio de inspección gozan de presunción de veracidad y no fueron desvirtuados por la parte recurrente. La resolución menciona, además, que la vivienda continuaba anunciándose en una página web con una capacidad superior a la declarada.
Por todo ello, la sentencia desestima íntegramente la apelación y condena a la empresa al pago de las costas procesales, con un límite de 1.000 euros. La sentencia no es firme y contra ella cabe presentar recurso de casación.
Suscríbete para seguir leyendo
- EN DIRECTO | Sigue en directo el eclipse de sol en Ibiza
- Crianza, concursos, serpientes y precios elevados: algunos de los retos a los que se enfrentan los criadores de pájaros en Ibiza
- Los cortes de tráfico en Ibiza por el eclipse comenzarán a las 12 del mediodía: guía de todas las restricciones de tráfico
- La Audiencia Nacional mantiene en prisión al activista multimillonario detenido en Ibiza por 'elevado riesgo de fuga
- Absuelven al exdueño de la discoteca de Ibiza Privilege, acusado de intentar engañar a Matutes
- Es una vergüenza para los que tenemos barco. Esto debe estar gobernado por palurdos y paletos': la surrealista y vergonzante queja de una turista en Ibiza
- Una gran fiesta privada organizada por una famosa agencia internacional convoca a más de 300 invitados en sa Pedrera de Sant Antoni
- Compran todas las langostas de un restaurante de Ibiza para liberarlas en el mar: '2.600 euros la joda
