Justicia
Investigan a un padre por posible sustracción de menores en Ibiza: trasladó a sus hijos a Jordania sin permiso de la madre
La Audiencia Provincial considera prematuro el archivo de la denuncia al existir indicios de que el proceso judicial en Jordania pudo ser orquestado para ocultar la actuación

La bandera de Jordania vista desde el lado israelí del Mar Rojo. / EFE
La Audiencia Provincial de Baleares ha revocado el archivo de una denuncia presentada en Ibiza por una presunta sustracción de menores y ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza que practique diligencias de investigación para aclarar si el traslado de dos niños a Jordania por parte de su padre puede tener relevancia penal.
El caso arrancó en julio de 2025, cuando una madre denunció que el padre de sus dos hijos había trasladado a los menores fuera de España sin su consentimiento. Según expuso en su denuncia, la hija mayor se encontraba temporalmente con el padre con autorización materna, pero debía regresar el 24 de julio. Respecto al hijo menor, la mujer relató que debía ser entregado por una cuidadora en un centro infantil, pero que el padre, de nacionalidad británica, fue retrasando la entrega hasta que ella empezó a temer que se lo hubiera llevado al extranjero.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza inadmitió inicialmente la denuncia al entender que los hechos no revestían carácter delictivo. La instructora consideró que no se habían aportado indicios suficientes sobre la residencia de los menores en Ibiza ni sobre la existencia de un régimen de patria potestad, guarda y custodia que permitiera apreciar un delito de sustracción de menores.
La Audiencia, sin embargo, corrige ese criterio y considera que el archivo fue "prematuro". El tribunal entiende que los hechos denunciados "sí pueden ser constitutivos de ilícito penal" y que no se puede cerrar la causa sin practicar antes una mínima investigación. Uno de los elementos clave del caso es una resolución dictada por un tribunal de Jordania que atribuía al padre la custodia de los menores. Esa resolución fue aportada al procedimiento, pero la Audiencia advierte de que su reconocimiento y ejecución no se había solicitado en España, por lo que "carece de eficacia ejecutiva" en el país.
Dudas con el procedimiento en Jordania
Además, el tribunal aprecia indicios de que ese procedimiento en Jordania pudo haberse iniciado para "tapar" la actuación denunciada. Según recoge el auto, el proceso jordano se abrió el 5 de julio de 2025 sin notificación previa a la madre y la resolución se dictó pocos días después, sin que conste que la denunciante hubiera tenido conocimiento de ella antes del traslado de los menores.
La Audiencia también subraya que la falta de una resolución judicial española previa sobre custodia no impide, por sí sola, investigar un posible delito de sustracción de menores. Recuerda que el derecho de custodia puede ser compartido por ambos progenitores y que el delito puede producirse incluso durante el matrimonio o sin una separación formal, si uno de los padres actúa unilateralmente y priva al otro de sus derechos sobre los hijos.
El auto insiste en que, en esta fase, todo se sitúa en un plano provisional. No declara culpable al padre ni da por probados los hechos denunciados, pero sí afirma que "no resulta posible concluir" que carezcan de relevancia penal sin investigar. Por ello, la Audiencia estima el recurso de la madre, revoca los autos de archivo y ordena al juzgado ibicenco que continúe la instrucción y practique las diligencias que considere necesarias.
