Impuestos
Los vecinos de Sant Antoni ya pueden pagar los tributos municipales: fechas, recibos y opciones disponibles en Ibiza
La ATIB recuerda que no se enviarán avisos en papel y que los recibos deben obtenerse a través del Cartero Virtual

ATIB Oficina Sant Antoni / Ayuntamiento de Sant Antoni
El Ayuntamiento de Sant Antoni ha abierto este miércoles el periodo voluntario de pago de los recibos de los diferentes tributos municipales correspondientes al ejercicio 2026, un plazo que finalizará el 2 de noviembre.
El periodo permite hacer efectivo el pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), el impuesto sobre actividades económicas (IAE), el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), la tasa de recogida de basura y utilización del vertedero y la tasa para la entrada de vehículos a través de los vados.
La Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB) recuerda que no se envían avisos de pago en papel. La forma general para obtener y pagar los recibos es a través del portal web de la ATIB, mediante el Cartero Virtual, al que se puede acceder con el código de contribuyente, el DNI, el certificado digital o Cl@ve.
El pago también puede realizarse de forma presencial en la oficina de la ATIB de Sant Antoni, situada en la calle General Prim, número 1, con cita previa a través de la web https://sede.atib.es/cva/cita-previa o del teléfono 971 678 404.
La ATIB dispone además de una aplicación para dispositivos móviles que permite realizar determinadas gestiones relacionadas con los tributos y otros ingresos no tributarios que gestiona esta administración tributaria, así como consultar las deudas y efectuar su pago. La aplicación puede obtenerse de forma gratuita en las plataformas oficiales de descarga para dispositivos que utilicen los sistemas operativos Android o iOS de Apple.
Además del pago telemático a través de la banca electrónica de las entidades colaboradoras o con tarjeta bancaria, los contribuyentes también pueden pagar por Bizum en el portal web de la ATIB para importes inferiores a 1.500 euros.
Una vez transcurrido el plazo voluntario, entre el 1 de julio y el 2 de noviembre, se abrirá el periodo ejecutivo, lo que implicará la aplicación del recargo correspondiente, así como, si procede, intereses de demora y costes del procedimiento.
La ATIB recomienda a los contribuyentes domiciliar el pago de sus tributos locales de cobro periódico. Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria indicada en la fecha seleccionada por el propio contribuyente, siempre dentro del periodo voluntario de pago. En caso de no seleccionar una fecha concreta, el cargo se realizará automáticamente a partir del 19 de octubre de 2026.
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