4.500 euros por viajar en patera de Argelia a Formentera "en grave peligro"
La Audiencia Provincial de Baleares juzga esta semana a dos hombres argelinos acusados de dirigir travesías desde Argelia en embarcaciones precarias y en situación de riesgo

Pateras llegadas a Formentera, en una imagen de archivo / Javi Parejo

La Fiscalía pide cinco años de prisión para I.M., de 30 años y nacionalidad argelina, acusado de pilotar una patera hasta Formentera en un viaje en situación de riesgo por el que, según el escrito de acusación, cada ocupante habría abonado unos 100.000 dinares argelinos, equivalentes aproximadamente a 4.500 euros.
La Audiencia Provincial de Baleares celebra esta semana dos juicios contra dos hombres acusados de haber pilotado pateras hasta Formentera en 2024 y 2025. En ambos casos, el Ministerio Fiscal les atribuye un presunto delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y solicita cinco años de prisión para cada acusado.
El primero de los escritos de acusación se dirige contra I.M., de 30 años y nacionalidad argelina. La Fiscalía le atribuye haber pilotado y llevado el control de una pequeña embarcación de fibra de unos cinco metros de eslora, de color azul y blanco, con motor Yamaha de 25 CV, que llegó el 20 de julio de 2024 a la zona de s’Alga de Formentera.
Con tres menores de edad
Según el escrito de acusación, a bordo viajaban 13 inmigrantes, entre ellos tres menores de edad, junto a personas procedentes de Palestina y Argelia. La acusación sostiene que ninguno cumplía los requisitos para la entrada en territorio español establecidos en la Ley de Extranjería.
El Ministerio Fiscal afirma que la travesía se inició en Gouraya, localidad perteneciente a la región de Tipaza, en Argelia, el 19 de julio de 2024, y que duró aproximadamente 20 horas para cubrir unos 145 kilómetros.
La Fiscalía mantiene que el encausado realizó la travesía a cambio de compensación económica, encargándose de manejar la embarcación, controlar el motor y el rumbo, dirigir la travesía y, de esta forma, facilitar la entrada de los ocupantes en costas españolas.
El escrito recoge que el viaje habría sido preparado por una organización asentada en Argelia, a la que habrían abonado varios de los ocupantes, de origen palestino, unos 10.000 dinares argelinos, equivalentes aproximadamente a 4.500 euros, entregados en efectivo a un miembro de la organización en la playa antes de partir.
La acusación subraya que la embarcación era de pequeñas dimensiones y no apta para ese desplazamiento, con reducido espacio de flotación. Añade que navegaba con sobreocupación, sin cumplir los estándares de seguridad marítima internacional, sin medidas de seguridad para la mayoría de los pasajeros, sin más auxilio para la navegación que un GPS.
Por esas condiciones, el número de ocupantes, las horas de travesía y la falta de elementos de seguridad y salvamento radioeléctricos, la Fiscalía considera que la navegación supuso un "grave peligro para la vida de los pasajeros".
Sobreocupación y sin seguridad
El segundo escrito de acusación se dirige contra R.B., de 26 años y nacionalidad argelina. Según la acusación, el 19 de febrero de 2025 el encausado habría manejado una embarcación de fibra de color blanco, de unos seismetros de eslora, procedente de Argelia y con un motor de 75 CV. A bordo viajaban, según el Ministerio Fiscal, 20 pasajeros, todos mayores de edad y en situación irregular en España.
La Fiscalía sostiene que la embarcación fue interceptada sobre las 12 horas en la zona de es Ram, también en Formentera. El escrito afirma que la travesía salió desde la provincia argelina de Boumerdès y duró aproximadamente 35 horas.
Según el Ministerio Público, la patera era de pequeñas dimensiones, no apta para ese desplazamiento y con reducido espacio de flotación. El escrito añade, como en el caso anterior, y en la mayor parte de los que trata la Audiencia sobre pateras, que viajaba con sobreocupación, sin medidas de seguridad marítima internacional, sin radiobaliza, sin brújula y con bidones de gasolina. La Fiscalía considera que esas condiciones supusieron un grave peligro para la vida de los ocupantes. Añade que el viaje fue preparado por una organización asentada en Argelia.
En ambos procedimientos, el Ministerio Fiscal califica los hechos como un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, previsto en el artículo 318 bis del Código Penal, en relación con el artículo 89.9. Además de los cinco años de prisión, solicita la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas.
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