Hostelería
La Justicia avala el cierre de uno de los pocos chiringuitos de toda la vida que quedan en Ibiza
Costas justifica la negativa a autorizar el chiringuito de es Pouet por la amplia oferta de restauración fuera de la playa y la presencia de instalaciones no autorizadas
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado la decisión de Costas de denegar la autorización para explotar el chiringuito es Puetó, en la playa de es Pouet, en Sant Josep. La Sala rechaza el recurso presentado por la viuda del antiguo explotador y considera que la Administración justificó su negativa por la saturación de servicios de temporada en el litoral balear y por la necesidad de retirar las obras fijas que ocupan la playa.
El caso arranca con una solicitud presentada en noviembre de 2017 ante la Delegación de Costas en Ibiza. El antiguo explotador del establecimiento pidió autorización para los años 2018 a 2021 en la playa de es Pouet, entre los hitos 1 y 4 del término municipal de Sant Josep de sa Talaia. La petición incluía la ocupación de la zona con “24 mesas, 96 sillas y 54 metros cuadrados de sombrajo y explotación de kiosco”.
La sentencia recoge que el solicitante venía explotando el chiringuito desde 1972. Primero lo hizo mediante una concesión administrativa concedida en 1969 y, después de que esa concesión se extinguiera en 1984, continuó con autorizaciones temporales. Sin embargo, Costas rechazó la nueva petición en una resolución dictada el 6 de noviembre de 2018.
La Administración sostuvo que la denegación no se basaba en que existieran dos solicitudes para el mismo chiringuito, sino en otros motivos. Según la resolución recogida por el tribunal, las obras fijas ocupaban una superficie de playa que en la actualidad no era necesaria, al existir “amplia oferta de servicios de restauración fuera de ella”. Costas también señaló la presencia de instalaciones no autorizadas, como “líneas eléctricas aéreas, almacenes, así como mayor superficie que no figuran en la concesión primitiva que finalizó en 1984”.
La viuda del antiguo explotador recurrió la decisión. Alegó que durante la tramitación administrativa se había causado indefensión, porque su marido no habría podido acceder correctamente al expediente ni practicar pruebas que, a su juicio, eran necesarias para defender su postura. También sostuvo que se había vulnerado el principio de confianza legítima, teniendo en cuenta la larga trayectoria del chiringuito.
Los argumentos del TSJB
Ahora, el TSJB rechaza esos argumentos. La Sala admite que Costas guardó silencio sobre la prueba solicitada por el interesado, pero considera que eso no basta para anular la resolución. El tribunal explica que esa prueba se pidió cuando ya se había dictado la propuesta de resolución, en un momento en el que solo cabía presentar alegaciones o documentos, pero no abrir de nuevo una fase de prueba.
La sentencia también resta relevancia a la documentación que se reclamaba, relacionada con antiguas concesiones y autorizaciones. Para el tribunal, esos antecedentes no cambiaban el fondo del asunto porque la Administración nunca discutió que el solicitante hubiera explotado durante años el chiringuito. Lo que se debatía era si procedía autorizar de nuevo la ocupación de la playa. En ese punto, la Sala respalda el criterio de Costas. El tribunal recuerda que ocupar “la ocupación del dominio público marítimo-terrestre no es un derecho conferido por la Ley a quien solicita una petición”. La Administración debe valorar el interés particular de la actividad y el interés general de proteger la costa y garantizar el uso público de la playa.
El TSJB considera que Costas sí motivó la denegación. Por un lado, por “el alto nivel de saturación de servicios e instalaciones de temporada en todo el litoral balear”. Por otro, porque en la playa de es Pouet la actividad del chiringuito podía ser sustituida por servicios de restauración situados fuera de la playa. Y, además, porque la autorización solicitada se apoyaba en una obra fija cuya retirada ya había sido planteada por la propia Demarcación de Costas. "La Administración puede denegar la autorización si aprecia que la ocupación solicitada puede afectar negativamente a la conservación del litoral, a la dinámica natural de la costa o al disfrute colectivo del espacio público", subraya.
Por todo ello, el TSJB desestima el recurso, confirma la negativa a autorizar la ocupación del dominio público en es Pouet e impone las costas del procedimiento a la parte recurrente, con un límite máximo de 3.000 euros. Sin embargo, la sentencia no es firme y se puede presentar recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del propio TSJB.
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