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Alquiler turístico ilegal

Multa de 37.000 euros a un inquilino por realquilar una casa en suelo rústico a turistas

La infracción se produjo en una vivienda situada en la zona Arabí de Dalt durante el verano de 2025

Ayuntamiento de Santa Eulària.

Ayuntamiento de Santa Eulària. / A.S.E.

Ibiza

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santa Eulària ha aprobado una propuesta de sanción de más de 37.000 euros a una persona arrendadora por alquilar turísticamente, sin permiso, una vivienda situada en la zona Arabí de Dalt durante el verano de 2025.

La propuesta de resolución impone la multa por un cambio de uso de residencial a turístico en una vivienda alquilada. La resolución exime de responsabilidad al propietario del inmueble al no haberse acreditado su participación directa en los hechos.

El expediente se inició a partir de un acta de control de alquiler vacacional levantada por la Policía Local el 13 de junio de 2025. En ella se constató la comercialización de la vivienda como estancia turística a través de una plataforma digital. Durante la inspección, el personal municipal verificó la existencia de una reserva de una noche, por un importe de 100 euros, así como la prestación de servicios propios de la actividad turística.

La vivienda inspeccionada se ubica en una edificación unifamiliar en suelo rústico, donde el uso turístico es compatible, pero requiere la correspondiente inscripción en el registro de actividades turísticas. En este caso, no constaba la existencia de título habilitante que amparara el cambio de uso realizado.

Desestimadas las alegaciones

Tras la incoación del expediente sancionador por infracción urbanística y la tramitación del procedimiento administrativo, la propuesta de resolución determina la imposición de la sanción en el tramo medio previsto por la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Illes Balears para cambios de uso legalizables, equivalente al 32,5% del valor de la edificación, fijado en 114.816,56 euros.

La resolución desestima las alegaciones presentadas durante el procedimiento y confirma la responsabilidad de la promotora del cambio de uso.

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