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Tribunales

Un narcotraficante capturado en Ibiza cuando los agentes se hicieron pasar por repartidores afrontará siete años de cárcel: el TSJB confirma la condena

El hombre, en situación irregular, aceptó recibir un paquete con drogas a cambio de 600 euros, pero fue su hermana quien lo recogió y a quien detuvieron

Agentes de la Guardia Civil en el aeropuerto de Ibiza

Agentes de la Guardia Civil en el aeropuerto de Ibiza / Marcelo Sastre

Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado la condena de siete años de prisión impuesta a un hombre colombiano de 31 años por aceptar la entrega en su domicilio de Ibiza de un paquete que contenía un kilo de ketamina y más de 200 gramos de MDMA, un encargo que había aceptado para entregar después la mercancía a terceros a cambio de 600 euros.

El acusado, que se encontraba en situación irregular en España, acordó con terceras personas no identificadas que recibiría en su casa un envío postal con droga que después debía entregar. El paquete llegó el pasado 26 de junio de 2025 al aeropuerto de Ibiza, donde agentes de Vigilancia Aduanera y de la Guardia Civil detectaron que contenía sustancias estupefacientes y solicitaron al juzgado una entrega vigilada tras sustituir la droga por otra sustancia inocua.

En su interior se hallaron 199,49 gramos de MDMA con una pureza del 60,17% y una bolsa con 996,62 gramos de una mezcla de ketamina y MDMA. Una vez aplicada la pureza, la cantidad total intervenida ascendía a 221,19 gramos de MDMA y 580,32 gramos de ketamina pura.

Al día siguiente, los agentes se hicieron pasar por repartidores y acudieron al domicilio del acusado. Fue su hermana quien recogió el envío y firmó el albarán, momento en el que fue detenida. El paquete no llegó a estar físicamente en manos del procesado.

La Justicia descartó que se tratara de una tentativa, como sostenía la defensa, y subrayó que en los envíos postales el delito se consuma desde que existe un pacto para la recepción y se pone en marcha el transporte, aunque el destinatario no llegue a tener la droga en sus manos. El acusado había aceptado ser el receptor del paquete y facilitó su domicilio para la operación.

Doble rechazo al recurso

Tras conocer su sentencia a siete años de cárcel, el acusado recurrió ante el TSJB para que se le reconociera la atenuante de confesión como muy cualificada y también la de drogadicción, pero ambas pretensiones acaban de ser rechazadas.

Sobre la confesión, la Sala recuerda que el acusado compareció voluntariamente en la Fiscalía de Ibiza el 18 de agosto de 2025 y reconoció ser el único responsable del paquete, pero concluye que esa admisión no tuvo el valor excepcional que exigía la defensa. Según la sentencia, “no aportó un grado tal de colaboración con la Administración de Justicia que exceda sustancialmente del contenido ordinario” de esa atenuante.

Respecto a la drogadicción, el TSJB admite que constaba consumo de sustancias, pero no una adicción grave ni una relación directa entre ese consumo y el delito. La resolución resume esa idea con una frase tajante: “La atenuante de drogadicción se halla reservada para adictos que trafican para con la venta de sustancia costear sus necesidades de consumo y no para los traficantes que consumen”. Con ese razonamiento, el alto tribunal balear desestima el recurso y confirma “en todos sus extremos” la sentencia, que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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