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Narcotráfico

No pisarán la cárcel tras ser pillados traficando con varias drogas en un hotel-discoteca de Ibiza

Agentes de la Guardia Civil encontraron 15 gramos de ketamina, 3 gramos de MDMA y una mezcla de cocaína y ketamina en posesión de los acusados, junto a 110 euros y 300 libras

Pastillas de MDMA.

Pastillas de MDMA. / Laura Martí­nez

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Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

Dos ciudadanos ingleses no pisaran la cárcel pese a que en el verano de 2019 fueran sorprendidos traficando con varias drogas en un hotel--discoteca de Ibiza. La Audiencia Provincial de Baleares los ha condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.045 euros cada uno por un delito contra la salud pública, pero las penas han quedado suspendidas durante tres años con la condición de que no vuelvan a delinquir.

La sentencia declara probado que ambos acusados, sin antecedentes penales, fueron localizados por agentes de la Guardia Civil sobre las 16.30 horas del 16 de septiembre de 2019 en el interior del establecimiento, situado en Sant Antoni, durante un registro voluntario de la habitación. Tenían en su poder distintas sustancias estupefacientes, además de bolsas herméticas y una báscula de precisión.

En concreto, los agentes intervinieron 15 gramos de ketamina, 3 gramos de MDMA y 5,5 gramos de una mezcla de cocaína y ketamina. La resolución añade que ambos también tenían 110 euros y 300 libras fraccionados, un dinero que procedía de ventas anteriores de estas sustancias. El tribunal considera acreditado que "la droga incautada la poseían de común acuerdo los acusados con ánimo de trasmitirla a terceros”, con un valor total en el mercado ilícito de 1.049 euros.

La Sala basa la condena en el reconocimiento de los hechos por parte de los propios acusados. En los fundamentos jurídicos, recoge que ambos asumieron “haber llevado a cabo la conducta descrita en el relato fáctico de esta sentencia” y concluye que, tras esa confesión, deben ser condenados como autores del delito. La defensa se adhirió a la petición del Ministerio Fiscal.

Además, la Audiencia aprecia la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La propia sentencia subraya que el procedimiento estuvo paralizado desde el 3 de septiembre de 2021 hasta, al menos, el 30 de noviembre de 2023 por causa no imputable a los acusados, circunstancia que rebaja la respuesta penal solicitada y aceptada en el juicio. La sentencia es firme, ya que las partes manifestaron expresamente su voluntad de no recurrirla.

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