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Trabajo

Jubilación anticipada en Ibiza: la Seguridad Social estudia los recortes mientras aumenta la polémica por el IRPF de los pensionistas

La Confederación Española de Organizaciones de Mayores denuncia una posible discriminación fiscal para los pensionistas en el IRPF

No se les aplican las mismas deducciones que a los trabajadores con bajos ingresos

Nueva jubilación anticipada: qué trabajadores podrán retirarse antes y cuándo entran en vigor los cambios

Lucía Feijoo Viera

Marisol Plaza Sánchez

Marisol Plaza Sánchez

Ibiza

La situación en Ibiza vuelve a poner el foco en el debate nacional sobre pensiones después de que la Seguridad Social haya abierto la puerta a revisar los coeficientes reductores de la jubilación anticipada, un sistema que permite en algunos casos adelantar el retiro sin penalización en la cuantía: “Puede adelantar su jubilación respecto de la edad ordinaria sin penalización”.

La Confederación Española de Organizaciones de Mayores (Ceoma), que representa a cerca de 800.000 personas mayores en España, ha denunciado una “posible discriminación fiscal” hacia los pensionistas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si no se les aplica un tratamiento equivalente al previsto para los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Según precisa Ceoma en un comunicado, el Gobierno aprobó nuevas deducciones fiscales dirigidas a trabajadores con rentas bajas con el objetivo de evitar que quienes perciben el SMI tengan que pagar IRPF. Estas deducciones pueden alcanzar los 340 euros en la próxima declaración y los 591 euros para el ejercicio 2026, con la intención de reducir o eliminar el impuesto para quienes cobran el salario mínimo o ingresos cercanos.

Sin embargo, la organización denuncia que muchos pensionistas —más de 500.000 con ingresos en los tramos con derecho a deducción, o equivalentes o incluso inferiores al SMI— no se benefician de estas medidas, pese a encontrarse en una situación económica similar o más vulnerable.

“Los trabajadores con ingresos equivalentes al SMI quedarían prácticamente exentos del IRPF gracias a las deducciones aprobadas, mientras que los pensionistas con pensiones similares podrían seguir pagando impuestos”, ha advertido el presidente de Ceoma, José Luis Fernández Santillana. Para la organización, esta diferencia supone “un trato fiscal injusto y discriminatorio”, por lo que solicita aplicar deducciones equivalentes a los pensionistas con ingresos bajos, especialmente a quienes perciben pensiones mínimas o cercanas al SMI.

“La lucha contra la pobreza y la desigualdad debe incluir también a las personas mayores. No es razonable que dos ciudadanos con ingresos similares reciban un trato fiscal diferente únicamente por el origen de esos ingresos”, ha añadido Fernández Santillana.

Otra de las reclamaciones de los futuros pensionistas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada sin la aplicación de coeficientes reductores, es decir, cobrar el 100% de la pensión pese a retirarse antes de la edad legal. En 2026, la edad de jubilación ordinaria en España es de 65 años si se han cotizado al menos 38 años y 3 meses, o de 66 años y 10 meses si se ha cotizado menos tiempo, en un proceso que se elevará progresivamente hasta los 67 años en 2027.

En este contexto, la Seguridad Social recabará informes de diversos organismos y una comisión de evaluación, con representantes ministeriales y de los interlocutores sociales, analizará el reconocimiento de estos coeficientes. Su aplicación conllevará un incremento de la cotización a la Seguridad Social, conforme “al principio de equidad y de justicia contributiva”, según ha defendido Elma Saiz.

Esta medida se recoge en el Real Decreto 402/2025, que regula el procedimiento para determinar en qué supuestos se puede anticipar la edad de jubilación mediante coeficientes reductores.

Tal y como explican desde el despacho Sammos Legal, un trabajador con discapacidad del 65% que cumpla los requisitos de cotización puede adelantar su jubilación respecto de la edad ordinaria mediante coeficientes reductores especiales, sin penalización en la cuantía. En el caso de profesiones como los bomberos, con al menos 35 años de servicio efectivo, pueden jubilarse a los 59 años en lugar de 60, aplicando un coeficiente reductor del 0,20 por cada año trabajado.

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