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Tribunales

Un turoperador deberá readmitir e indemnizar con 200.000 euros a una trabajadora de Ibiza tras una excedencia

El TSJB da la razón a la mujer, después de que un juzgado de Ibiza desestimara su demanda

Fachada del TSJB

Fachada del TSJB / DMA

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha estimado parcialmente el recurso presentado por una trabajadora de TUI España Turismo en Ibiza y ha declarado vulnerado su derecho preferente de reincorporación tras una excedencia voluntaria. Por ello, la Sala de lo Social condena a la empresa a readmitirla y a abonarle una indemnización de 199.919 euros, más 2.252 euros mensuales hasta que se produzca su efectiva vuelta al trabajo

La empleada, administrativa con contrato indefinido desde 1987 en el centro de trabajo de Ibiza, solicitó en 2014 una excedencia voluntaria por dos años, que fue prorrogada un año más, hasta agosto de 2017. Sin embargo, en junio de 2017 pidió la reincorporación anticipada y manifestó que solo estaba interesada en volver a su puesto en las mismas condiciones contractuales que tenía consolidadas antes de la excedencia

El Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza desestimó su demanda, en la que reclamaba que se reconociera su derecho preferente al reingreso y el abono de los salarios dejados de percibir, cuantificados en más de 150.000 euros. Sin embargo, el TSJB corrige este criterio. La Sala analiza el caso de otra trabajadora contratada en mayo de 2015 mediante contrato temporal por obra o servicio determinado para un puesto que posteriormente pasó a denominarse 'Business Support Executive'.

El tribunal recuerda que, conforme a la legislación vigente en aquel momento, los contratos por obra o servicio no podían superar los tres años. Al cumplirse ese plazo, el 1 de mayo de 2018 la trabajadora temporal adquirió la condición de fija. Para la Sala, la empresa debió extinguir ese contrato temporal al agotarse su duración máxima para posibilitar la reincorporación de la trabajadora en excedencia. Permitir que continuara y que el contrato se transformara en fijo vulneró su derecho preferente de reingreso reconocido en el Estatuto de los Trabajadores

Derecho de la trabajadora vulnerado

El TSJB subraya que, si un puesto está ocupado por un trabajador con contrato temporal, no puede considerarse vacante; pero una vez alcanzada la duración máxima de ese contrato, el derecho preferente del trabajador excedente no puede verse frustrado por su transformación en fijo. En consecuencia, la sentencia declara vulnerado el derecho de la trabajadora con efectos desde el 1 de mayo de 2018 y condena a TUI a readmitirla en un puesto de igual categoría al que tenía antes de la excedencia y a abonarle casi 200.000 euros.

Sin embargo, de la indemnización deberán descontarse las cantidades percibidas por la trabajadora en concepto de salarios o prestaciones por desempleo desde mayo de 2018, extremo que se concretará en fase de ejecución de sentencia. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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