Cambios en la limitación de coches en Ibiza: estas son las novedades respecto al año anterior
La medida, que entrará en vigor este verano, se basa en un estudio que no registró un nivel saturación vial a principios de junio y finales de septiembre

Coches en caravana en Ibiza. / PSOE
Ibiza volverá a limitar este verano la entrada y circulación de vehículos procedentes de fuera de la isla, aunque con cambios con respecto al año anterior. La principal novedad en la segunda edición de esta medida hacia la sostenibilidad es la reducción del cupo máximo diario de autorizaciones, que pasa de las 20.618 permitidas el verano pasado a un total de 18.918 vehículos.
La limitación de la entrada de vehículos en Ibiza estará en vigor este verano durante un mes menos que en 2025. Según la propuesta de acuerdo del Consell Insular, del PP, que se encuentra actualmente en periodo de exposición pública, las restricciones se aplicarán entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. El año pasado, en cambio, la regulación se extendía a lo largo de la totalidad de los meses de junio y septiembre.
Esta reducción del calendario de aplicación se basa en un estudio técnico elaborado por la consultoría de transportes e ingeniería Movytrans. El documento, pendiente aún de la aprobación definitiva por parte del pleno del Consell, concluye que a principios de junio y a finales de septiembre, no se registró una saturación significativa de las carreteras de la isla, lo que ha permitido ajustar el periodo de vigencia de la medida.
Pese a ello, el Consell contempla posibles modificaciones en función de la evolución del número de autorizaciones. En el caso de que entre el 15 y el 30 de junio de este verano se superara el 85% del cupo máximo de vehículos permitido, la entrada en vigor de las restricciones podría adelantarse de nuevo al 1 de junio el próximo año. Por el contrario, si el desembarco de automóviles fuera inferior en esas dos primeras semanas, en 2027 el Consell podría plantearse retrasar el inicio de la limitación hasta el mes de julio.
Vehículos exentos de autorización
Según explica la web Ibizacircular y coincidiendo con el año anterior, no deberán tramitar autorización los vehículos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Residentes en Ibiza: vehículos con domicilio fiscal en la isla, excluidas las flotas de alquiler.
- Vehículos oficiales y de servicio público: cuerpos de seguridad, bomberos, ambulancias, servicios sanitarios y funerarios, protección civil, transporte público y escolar, taxis, recogida de residuos y limpieza urbana.
- Transporte de mercancías y distribución comercial.
- Maquinaria agrícola y de obras, como tractores o excavadoras.
Exenciones automáticas con condiciones
En los siguientes casos, será necesario aportar información adicional para quedar exento:
- No residentes propietarios de una vivienda en Ibiza (un vehículo por titular con domicilio fiscal en la isla).
- Residentes en Formentera, Menorca o Mallorca por motivos laborales.
- Personas con movilidad reducida.
- Vehículos en tránsito hacia o desde Formentera.
Exenciones con acreditación previa
Quienes no se encuentren en ninguno de los supuestos anteriores deberán tramitar obligatoriamente una solicitud de autorización para poder desembarcar y circular por la isla durante el periodo de restricciones.
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