Salud
El TSJB avala los servicios mínimos del 100% en la huelga de transporte sanitario
El tribunal respalda la decisión de Ib-Salut al considerar que la actividad es imprescindible para proteger la vida de las personas

Helicóptero médico del 061. | VICEN MARÍ

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha respaldado la decisión Ib-Salut de fijar servicios mínimos del 100% durante la huelga convocada el pasado verano por el Sindicato Libre de Trabajadores Aéreos (SLTA) en la empresa Avincis, operadora del transporte sanitario aéreo en las Pitiusas.
La Sala rechaza la demanda del sindicato y concluye que garantizar la actividad completa es imprescindible para proteger la vida y la integridad de los pacientes de Ibiza y Formentera. Esta sentencia avala la resolución de Ib-Salut del pasado 20 de junio, que blindó el funcionamiento de los helicópteros y aviones sanitarios ante la huelga, finalizada el pasado 19 de noviembre después de que las partes alcanzaran un acuerdo.
Una situación «singular»
El tribunal dedica una parte importante de su argumentación a la situación sanitaria «singular» de Ibiza y, especialmente, de Formentera. Señala que la condición de islas menores, sin hospital de alta complejidad, convierte el transporte aéreo en la única vía rápida para evacuar pacientes críticos, ya sea a Can Misses o, en los casos más graves, al Hospital de Son Espases de Mallorca.
Entre los recursos mínimos establecidos por contrato se incluyen un helicóptero con base en Ibiza y Formentera, además del resto de aeronaves distribuidas por las islas. Cada vuelo requiere un piloto, un copiloto y un técnico de mantenimiento, personal que el tribunal considera «estrictamente imprescindible».
El TSJIB subraya que «todas las intervenciones del 061 implican situaciones de urgencia o emergencia», lo que justifica que el transporte sanitario aéreo se mantenga al 100% incluso en plena huelga.
Además, la Sala considera probado que el servicio tiene un carácter «vital» en el archipiélago, pero de forma aún más marcada en las Pitiusas, donde la evacuación aérea «es la única alternativa» en numerosos casos. Según la sentencia, el derecho de huelga «no puede poner en peligro la vida de las personas».
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