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Vivienda

Vivienda en Ibiza: Condenado por bloquear la cerradura a sus compañeros de piso

Un vecino de Sant Antoni deberá pagar una multa de 180 euros por impedir la entrada a las dos personas con las que convivía

Núcleo urbano de Sant Antoni. | C.NAVARRO

Núcleo urbano de Sant Antoni. | C.NAVARRO

Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

Ibiza

La Audiencia Provincial de Balears ha confirmado la condena impuesta a un vecino de Sant Antoni por un delito leve de coacciones, tras impedir la entrada a sus dos compañeros de piso al dejar la llave puesta en la cerradura de la vivienda, lo que se traduce en un multa de 180 euros.

Los hechos se remontan al 21 de abril de 2024, cuando el acusado, molesto con sus compañeros por negarse a abandonar el piso que compartían en régimen de alquiler, bloqueó intencionadamente la cerradura del domicilio con su llave, impidiendo el acceso de los otros inquilinos. Los afectados tuvieron que llamar a la Guardia Civil para poder entrar en la vivienda. La sentencia describe una convivencia «no cordial» entre los tres residentes desde 2022.

En el juicio, el acusado admitió haber dejado la llave puesta, aunque alegó que se trató de un descuido. Sin embargo, la jueza de primera instancia no dio credibilidad a esa versión y consideró probado que el gesto fue deliberado, destacando que no abrió la puerta cuando los denunciantes intentaron acceder, lo que obligó a intervenir a la Guardia Civil.

El tribunal valoró que la explicación del denunciado resultaba incoherente. «No parece lógico que alguien con prisa por entrar porque sus hijos lloran se detenga a colocar las llaves por dentro del cerrojo antes de atender la urgencia», recoge el fallo.

Recurso sin éxito

En su recurso, el condenado alegó que la prueba presentada no era suficiente para acreditar la intencionalidad de su conducta y que la jueza no valoró adecuadamente la documentación aportada. También argumentó que los denunciantes residían en el piso sin su autorización.

La magistrada Margalida Victòria Crespí rechaza todos los argumentos del recurso y afirma que la resolución de primera instancia «cumple con las exigencias de motivación y análisis» necesarias para justificar la condena. En este sentido, señala que las declaraciones de los demandantes fueron «coherentes, persistentes y respaldadas por datos objetivos» y que la propia admisión del acusado refuerza la versión de los hechos, por lo que ratifica la condena impuesta.

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