Vivienda
Confirmada la condena a un okupa por usurpar una casa y amenazar al vigilante
El condenado accedió en agosto de 2024 a una vivienda propiedad de una mujer en un complejo residencial de la isla y permaneció varios días dentro sin dejar entrar a la dueña

Furgón policial accediendo a la Audiencia Provincial. | D.M.

La Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena impuesta a un hombre que ocupó sin permiso una vivienda en un complejo residencial de Ibiza y amenazó al vigilante que le recriminó su actitud. La resolución, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia, rechaza el recurso presentado por la defensa del acusado y ratifica íntegramente la sentencia del Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza.
Según los hechos probados, el condenado accedió a finales de agosto de 2024 a una vivienda propiedad de una mujer en un complejo residencial de la isla, sin tener ningún título legítimo para residir allí. Permaneció varios días en el inmueble, impidiendo que la propietaria pudiera utilizarlo. Cuando un vigilante de seguridad le recriminó su conducta, el hombre le amenazó diciéndole: «Sé dónde vives, iré a por ti»
El tribunal considera acreditado que la ocupación fue consciente y prolongada, y que el acusado actuó con plena voluntad de mantener la vivienda usurpada, por lo que desestima el argumento de que creyera tener permiso de un tercero. Además, confirma que hubo un delito leve de amenazas hacia el vigilante, quien testificó de forma «clara, persistente y coherente».
«Una ocupación ilegítima»
La Audiencia recuerda que el artículo 245.2 del Código Penal protege el derecho de los propietarios a disfrutar pacíficamente de sus bienes inmuebles y castiga la ocupación no consentida con vocación de permanencia. En este caso, los jueces concluyen que existió «una ocupación ilegítima y con ánimo de permanencia» y que las pruebas testificales y policiales fueron «plurales y concluyentes».
El condenado deberá abonar una multa de cuatro meses con una cuota diaria de seis euros, para un total de 720 euros, y abandonar de forma inmediata la vivienda, además de pagar las costas del proceso.
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