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Catástrofe en Ibiza

Estas son las ayudas que pueden percibir los damnificados si Ibiza es declarada zona catastrófica

La Ley 17-2015 de 9 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil establece ayudas económicas para viviendas, vehículos y cosechas afectados, exenciones fiscales y medidas laborales para paliar los daños

Daños producidos por la tormenta en negocios de Ibiza.

Daños producidos por la tormenta en negocios de Ibiza. / J. A. Riera

José Miguel L. Romero

José Miguel L. Romero

Ibiza

El pleno del Ayuntamiento de Sant Josep ha instado esta mañana por unanimidad al Consejo de Ministros a que aporte todas las ayudas y medidas económicas previstas en la Ley 17-2015 de 9 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil con el fin de paliar los daños en el municipio producidos por las lluvias torrenciales caídas el pasado 30 de septiembre.

Ayudas a vivienda y enseres dañados

Esa ley establece, en su artículo 24, que cuando el Consejo de Ministros declare una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil se podrán adoptar, entre otras medidas, ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad; compensaciones a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables y ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.

Establece ayudas por daños en vivienda habitual y enseres, y compensaciones a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables

Daños en infraestructuras viarias

Contempla, además, subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular, como la del aeropuerto, y ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas y forestales, así como la apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial.

Exención del IBI

También prevé medidas fiscales, como la exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) “correspondiente al ejercicio presupuestario en el que haya acaecido la emergencia que afecte a viviendas, establecimientos industriales, turísticos y mercantiles, explotaciones agrarias, ganaderas y forestales, locales de trabajo y similares”, siempre que hayan sido dañados y se acredite que tanto las personas como los bienes en ellos ubicados hayan tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos.

Cosechas

Y respecto a las cosechas, cuando los destrozos en estas “constituyan siniestros no cubiertos por ninguna fórmula de aseguramiento público o privado”. De manera excepcional, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas “podrá autorizar una reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas siniestradas”.

Reducción del IAE

Además incluye la reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente al ejercicio presupuestario en el que haya acaecido la emergencia “a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, turísticos y profesionales, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados, siempre que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad”. Que es el caso de varios hoteles que han adelantado su cierre debido a los daños sufridos y de numerosos negocios de Platja d’en Bossa y de Vila que quedaron anegados. La reducción “será proporcional al tiempo transcurrido desde el día en que se haya producido el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad, ya sea en los mismos locales o en otros habilitados al efecto”.

Las exenciones y reducciones de cuotas en esos tributos “comprenderán las de los recargos legalmente autorizados sobre los mismos”. Asimismo, los contribuyentes que, teniendo derecho a esas exenciones, “hubieren satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal, podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas”. Y las ayudas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Vehículos dañados

Respecto a los vehículos dañados, que son muchos, existe en esa ley una exención de las tasas de la Jefatura Central de Tráfico “para la tramitación de las bajas solicitadas como consecuencia de los daños producidos, y la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas”.

Disminución de tributos municipales e insulares

La disminución de los ingresos en los tributos locales que se produzca en los ayuntamientos y consells como consecuencia de la aplicación de esta ley “será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”.

Medidas laborales

La legislación aludida en la presentación de la petición de declaración de zona gravemente afectada por las lluvias incluye también diversas medidas laborales. Por ejemplo, “las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia, así como en las pérdidas de actividad directamente derivadas de la misma que queden debidamente acreditadas, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor”.

Así, la Tesorería General de la Seguridad Social “podrá exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho período como efectivamente cotizado por el trabajador”. Cuando se produzca una extinción del contrato, “las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial”.

Prestaciones por desempleo sin los periodos de cotización necesarios

Si una empresa decide, debido a los daños, la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo con base en circunstancias excepcionales, “el Servicio Público de Empleo estatal podrá autorizar que el tiempo en que se perciban las prestaciones por desempleo (…) no se compute a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos”. Y muy importante: se podrá autorizar que reciban prestaciones por desempleo aquellos trabajadores que carezcan de los períodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas.

Se podrá autorizar que reciban prestaciones por desempleo aquellos trabajadores que carezcan de los períodos de cotización necesarios para tener derecho a ellas

Moratoria en el pago de la Seguridad Social

Empresas y trabajadores por cuenta propia podrán solicitar y obtener, “previa justificación de los daños sufridos”, una moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta correspondientes a tres meses naturales consecutivos.

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