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Un fontanero autónomo de Ibiza gana a la Seguridad Social y recupera su pensión de incapacidad

El juzgado de lo social de la isla tumba la decisión del INSS y le concede la incapacidad laboral total al hombre

Imagen de archivo de los juzgados de iBIZA.

Imagen de archivo de los juzgados de iBIZA. / Vicent Marí

Marta Torres Molina

Marta Torres Molina

Ibiza

El juzgado de lo Social de Ibiza ha dado la razón a un fontanero autónomo de la isla de 55 años y ha revocado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que le retiró la pensión de incapacidad permanente. La sentencia reconoce que el trabajador continúa incapacitado para ejercer su oficio debido a sus graves problemas en las rodillas y en la columna, pese a las intervenciones quirúrgicas a las que ha sido sometido, indican desde el bufete Jiménez Bidón, quienes han llevado el caso de este fontanero.

La historia arranca en febrero de 2022, cuando el trabajador, representado por el abogado laboralista Álvaro Jiménez Bidón, inició un procedimiento para que se le reconociera la incapacidad permanente total (IPT) para su profesión de fontanero. En un primer momento, el INSS denegó su petición. Tras presentar una reclamación previa, la Seguridad Social rectificó y le concedió la prestación.

Operación de rodilla

La tranquilidad duró poco. Un año más tarde, el INSS abrió de oficio un expediente de revisión de grado, alegando una supuesta mejoría. El 8 de noviembre de 2023 resolvió retirarle la pensión por incapacidad para su profesión habitual al entender que, tras la operación de rodilla, estaba en condiciones de reincorporarse al trabajo. El informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) apuntaba que el hombre presentaba “genu varum adquirida”, había sido intervenido de la rodilla izquierda y estaba pendiente de cirugía en la otra.

Frente a esta decisión, el trabajador decidió acudir a los tribunales. La clave estuvo en el informe del médico forense, que exploró personalmente al paciente y analizó la documentación médica aportada. Su dictamen fue contundente: el fontanero padece gonalgia bilateral de larga evolución, osteotomías tibiales en ambas rodillas, abombamientos discales en las vértebras L3-L4 y L5-S1, así como una hernia discal en L4-L5 con estenosis de canal. Estas dolencias, explicó el forense, generan dolor intenso y limitaciones severas en la movilidad, impidiéndole permanecer largos periodos de pie, trabajar en cuclillas o subir y bajar escaleras.

Álvaro Jiménez Bidón, abogado

Álvaro Jiménez Bidón, abogado / Bufete Jiménez Bidón

El juzgado valoró especialmente que el propio INSS reconoce, en su Guía de Valoración Profesional (código 7221), que la labor de los fontaneros implica una gran carga biomecánica: deben instalar y reparar sistemas de fontanería, trabajar con herramientas manuales y eléctricas, inspeccionar instalaciones con medidores de presión y, en general, pasar muchas horas de pie, en posiciones forzadas y manejando cargas. Para el juez, resultaba evidente que una persona con las limitaciones descritas no podía desarrollar esas tareas sin riesgo para su salud.

La sentencia concluye que no ha existido ninguna mejoría real en el estado del trabajador, pese a las intervenciones quirúrgicas practicadas, y que sus patologías persisten. Por ello, revoca la resolución del INSS y le reconoce nuevamente la incapacidad permanente total, con derecho a una pensión equivalente al 55% de su base reguladora, fijada en 719,33 euros, con efectos desde el 1 de diciembre de 2023.

Victoria frente a la Administración

Más allá de las cifras, el fallo representa una victoria frente a la Administración para este trabajador autónomo que se vio forzado a luchar por sus derechos en los tribunales. La sentencia pone de relieve la importancia del trabajo pericial forense y la necesidad de valorar las condiciones reales de cada oficio. En este caso, la exigencia física de la fontanería resultó incompatible con las secuelas del demandante.

El caso también refleja la tensión existente en los procedimientos de revisión de incapacidades. El INSS suele iniciar de oficio expedientes para comprobar si los beneficiarios han experimentado una mejoría. Sin embargo, como subraya esta resolución, no basta con una operación quirúrgica para dar por hecho que una persona recupera la capacidad laboral. Es necesario analizar los efectos reales en la vida diaria y en las tareas concretas de cada profesión.

Para el fontanero ibicenco, la sentencia supone recuperar la estabilidad perdida y, sobre todo, ver reconocida su situación tras años de dolor, intervenciones y trámites administrativos. Para otros trabajadores en circunstancias similares, este fallo puede servir como ejemplo de que es posible revertir decisiones de la Seguridad Social cuando no se ajustan a la realidad clínica.

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