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Tribunales

El TSJB da la razón a Sant Joan y le ahorra una indemnización millonaria

El tribunal confirma la valoración de 1,3 millones fijada por una parcela expropiada en Portinatx

Vista aérea de Portinatx

Vista aérea de Portinatx / J.A. Riera

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Guillermo Sáez

Guillermo Sáez

Ibiza

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Tomeu Barceló contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa (JPEF) sobre el justiprecio de una finca en Portinatx.

La empresa reclamaba una indemnización de 7,5 millones de euros, mientras que el JPEF, tras sucesivas revisiones, estableció la cifra en 1,3 millones, cantidad que ahora ha confirmado el tribunal.

La finca, de 2.694,80 metros cuadrados y situada en primera línea de mar, estaba clasificada como suelo urbano, pero calificada como espacio libre público en las Normas Subsidiarias aprobadas en 2011, lo que provocó su expropiación.

Un largo litigio

En 2018, la sociedad propietaria presentó una hoja de aprecio en la que valoraba el terreno en más de 7,1 millones de euros, cifra que ascendía a 7,5 millones al añadir el 5% de premio de afección más los intereses.

Sin embargo, el JPEF, tras realizar un estudio de mercado, redujo ese importe a 1,65 millones y posteriormente, en 2020, lo rebajó aún más hasta los 1,3 millones de euros, una decisión que se basó en tres deducciones: 221.274 euros por ingresos obtenidos del arrendamiento de la zona verde pública, 37.781 euros por el derribo de instalaciones a cargo de la expropiada y 17.956 euros por la falta de servicios urbanos (agua potable y saneamiento), que impedían considerar la parcela como solar.

La empresa expropiada defendía que la parcela debía valorarse como suelo con aprovechamiento pleno, proponiendo cálculos que elevaban considerablemente el precio. También alegaba errores en la superficie considerada y en los coeficientes aplicados.

Sin embargo, el TSJB recuerda que en las expropiaciones «debe respetarse el equilibrio patrimonial entre lo que se expropia y lo que se recibe a cambio» y que las valoraciones del Jurado gozan de una presunción de legalidad y acierto que solo puede ser destruida mediante pruebas periciales sólidas. En este caso, señala el tribunal, los informes aportados por la parte actora se limitaron a realizar una nueva valoración sin detallar errores concretos en el trabajo del JPEF.

El fallo también subraya que la franja de seis metros desde el deslinde marítimo-terrestre está sujeta a servidumbre de tránsito, lo que significa que no genera aprovechamiento urbanístico ni derecho a indemnización. Por tanto, aunque la parcela expropiada abarcaba 2.694,80 metros cuadrados, el aprovechamiento real se calculaba sobre 2.513,72.

Agujero evitado

Por todo ello, el TSJIB concluye que no se ha acreditado error en la valoración del Jurado y desestima el recurso en su totalidad. Además, la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida, impone a la parte demandante las costas procesales, aunque con un límite máximo de 3.000 euros.

El pasado mes de diciembre, el Ayuntamiento de Sant Joan aprobó unos Presupuestos Municipales de 15.135.000 euros, los más elevados de toda su historia. Este importe supuso un aumento del 17,55% respecto a los presupuestos de 2024 y un gasto de 2.178 euros por habitante, es decir, un 15.66% más que el año 2024.

De este modo, si la justicia le hubiera dado la razón a la empresa Tomeu Barceló el agujero en las cuentas públicas habría alcanzado la mitad de todo el presupuesto global del municipio para 2025.

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