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El Ayuntamiento de Ibiza detecta una «posible red de empadronamientos irregulares»

El Consistorio también tiene constancia de más de medio centenar de domicilios en los que hay más de diez empadronados

Pleno municipal de este jueves en Vila.

Pleno municipal de este jueves en Vila. / T.ESCANDELL

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Toni Escandell Tur

Toni Escandell Tur

Ibiza

La gestión del padrón municipal fue uno de los temas que centró el pleno municipal de este jueves en Vila, a raíz de mociones de control presentadas por Vox y Unidas Podemos. Durante el debate, la teniente de alcalde Gema Marí reveló que el Ayuntamiento ha detectado una «posible red de empadronamientos irregulares en diversos domicilios de la ciudad, encabezada por una misma persona», de lo que se ha dado traslado a la Policía Nacional para que lo investigue. Así se debe proceder «en los casos que pudieran constituir fraude documental o penal», por lo que ahora «le seguirá la vía judicial».

Aunque desde el gabinete de prensa municipal no pudieron dar más detalles debido a que la investigación está en manos de la Policía Nacional, Marí mostró en el pleno una copia de la denuncia de este caso para demostrar que ya se ha realizado. La teniente de alcalde también habló sobre los domicilios en los que hay un elevado número de empadronamientos, y aportó cifras: «La Policía Local realiza inspecciones cuando se detectan situaciones sospechosas, y, a modo de control periódico, está realizando controles partiendo de viviendas que superan los 10 empadronados, obteniendo un resultado de 54 domicilios a inspeccionar». De éstos, hasta el momento se ha levantado acta de 23 inspecciones, «de las que solo 15 han dado resultado positivo»: «Es decir, los agentes han podido corroborar los datos de un cuestionario que se ha completado». Una vez que ya se hayan inspeccionado estas 54 viviendas y se cuente con los resultados, «se decidirá caso por caso si se inicia expediente de baja por inscripciones indebidas».

Infraviviendas

La problemática de las infraviviendas sobrevoló este apartado del pleno, en el que Marí señaló que en el caso de personas que vivan en chabolas, cuevas o sin techo alguno, se les puede empadronar en la dirección del albergue municipal, «lo que permite que puedan recibir notificaciones y acceder a servicios básicos». «Estos expedientes corresponden a los servicios sociales. Son casos en los que se utiliza como domicilio padronal el albergue». Sobre las caravanas y autocaravanas, la teniente de alcalde explica que como en dicho municipio no hay un recinto habilitado para la permanencia de este tipo de vehículos, «queda justificada la imposibilidad de realizar el trámite de empadronamiento a las personas que allí residen, ya que dichos vehículos no disponen de un lugar fijo habilitado al efecto».

Por otro lado, el Ayuntamiento sí puede empadronar a las personas que residen en las embarcaciones con un número de amarre asignado, explicó Marí, quien concluyó, con todo, que si el Ayuntamiento deniega una solicitud de empadronamiento «no es por capricho». Así lo dijo en respuesta a la concejala Guadalupe Nauda, de la formación morada, quien defendió en el pleno que, según la ley, «el padrón debe reflejar el sitio donde realmente vive cada vecino del municipio», y que «la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, así como de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias, o de otra índole, que afecten al domicilio». «En consecuencia, las infraviviendas, chabolas,caravanas, cuevas, etc, e incluso en ausencia total de techo, pueden y deben figurar como domicilios válidos en el padrón», añadió Nauda.

Además de lo expuesto en líneas anteriores, Marí aseguró que «el padrón municipal cumple la normativa vigente». También dijo, sobre los casos de viviendas sobreocupadas, que el Ayuntamiento no puede «limitar sin más el número de personas que viven allí vía denegación del empadronamiento»: «Podemos, por ejemplo, consultar el catastro y usar la lógica. No es lo mismo limitar a diez personas en 100 metros que limitar a diez en 50 metros. Todo ello, además, sin perjuicio de que se hagan más labores de inspección a fin de verificar la concordancia real y efectiva de empadronados en los domicilios y, en su caso, la tramitación de las bajas que correspondan. Aunque la normativa del padrón no especifica nada al respecto, el Ayuntamiento, en general, sigue el criterio de un tope de diez personas empadronadas en la misma dirección, aunque, excepcionalmente, si se trata de una unidad familiar, aumentamos el número». «El Ayuntamiento ha reforzado mecanismos para asegurar que las inscripciones reflejen la realidad», dijo Marí en respuesta a la moción de Vox, defendida por el concejal Luis Fernando Astorri, que pidió más control sobre el padrón municipal.

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