Masificación
Los vehículos que han desembarcado ya en Ibiza quedan exentos del cupo
El Consell decide aplicar la excepción de los temporeros también a los viajeros que hayan comprado los billetes antes de hoy, cuando se activará la web de gestión de los permisos para entrar y circular por Ibiza

Vehículos estacionados en el muelle comercial del puerto de Eivissa, en una imagen de archivo. | VICENT MARÍ
El Consell de Ibiza ha decidido que, en el primer año de aplicación de la limitación de entrada y circulación de vehículos en la isla en verano, todas aquellas personas que hayan desembarcado en la isla con un vehículo desde el 1 de enero hasta hoy, cuando se activa la web con la que se gestionarán las autorizaciones (ibizacircular.es), queden exentos de solicitar permiso y abonar la tasa de un euro al día. Esta excepción afecta sobre todo a los trabajadores de temporada que no son residentes en la isla.
Con esta medida, la institución insular desmonta el argumento en contra de la ley que esgrime el presidente de Baleària, Adolfo Utor, de que este verano las navieras no podrán transportar vehículos de sus pasajeros porque el cupo (4.148 coches particulares al día) ya estará agotado el 1 de junio, el primer día de aplicación de la restricción, solo con los trabajadores de temporada que no sean residentes y que han desembarcado en Ibiza con sus coches en los últimos meses.
Del mismo modo, también se aplicará la misma excepción a todos los viajeros que hayan comprado a una empresa naviera, antes de la activación de la citada web del Consell, un billete de viaje a la isla para el período en el que se aplicará la limitación (del 1 de junio al 30 de septiembre). Es decir, todos estos viajeros concertaron su viaje antes de tener la posibilidad de gestionar la autorización para circular por la isla. Las navieras tampoco podían ofrecer ni información concreta ni gestionar dicha autorización a la espera de que se concretasen las condiciones y, sobre todo, se ofreciera la vía para hacerlo.
Así, debido al retraso en la puesta en servicio de la web, y el sistema de información entre el Consell y las navieras para que éstas también puedan informar y tramitar los permisos, la institución insular ha optado por aplicar este verano esta excepción. A pesar de que estos casos queden este año exentos de la tramitación del permiso para circular por la isla, las navieras tienen la obligación, en un plazo de 10 días, de comunicar al Consell de Ibiza todos los vehículos que han transportado este año hasta la puesta en marcha de la web al objeto no sólo de tenerlos identificados (para superar los controles) sino también de sumarlos al cómputo general para conocer el dato real de llegada de vehículos de cara a la fijación del cupo de las próximas temporadas.
Así se recoge en las instrucciones específicas sobre cuestiones de carácter práctico, aprobadas por el Consell Executiu y publicadas este martes en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), que complementan la ley 5/2024 de control de afluencia de vehículos en la isla de Ibiza.
En esta especie de reglamento se regulan cuestiones concretas no previstas en la ley como el caso de los residentes cuyo vehículo se ha contratado con una entidad financiera a través de un lising o renting. Los afectados tendrán que aportar en el Consell el contrato de alquiler, la documentación del vehículo y la acreditación de la residencia en la isla para quedar exento del pago de la tasa. Hay que tener en cuenta que, para no tramitar una autorización, además de residente, el vehículo debe estar domiciliado en la isla, lo cual no sucede en la mayoría de los casos de los contratos de renting o lising.
Posibilidad de cambiar de vehículo
También se especifican los documentos que, en la tramitación del permiso en la web, tendrán que aportar los interesados tanto de vehículos particulares como de autocaravanas. Además, se regula la posibilidad de que se pueda cambiar un vehículo que previamente hubiera obtenido autorización.
Otra de las cuestiones que se aclara es que las personas que no son residentes en la isla que tengan una vivienda en propiedad y dispongan de un vehículo (solo uno) domiciliado fiscalmente en ésta, tampoco deberán solicitar autorización alguna para circular por la isla. En este caso, se deberá aportar el DNI del solicitante y titular del vehículo, un documento que identifique la vivienda (recibo de basura, IBI, nota simple del Registro de la Propiedad u otros) y el permiso de circulación del vehículo.
Del mismo modo, se especifican los papeles que tienen que presentar los residentes en las otras islas del archipiélago que se desplacen habitualmente a Ibiza por trabajo y que también están exentos de tramitar el permiso de circulación.
La gestión de permisos a través de las navieras no será instantánea
Las instrucciones específicas acordadas por el Consell Executiu también detallan el sistema de intercambio de información entre el Consell y las empresas navieras para tramitar las autorizaciones con los billetes. También la información que deben ofrecer a sus clientes.
Tras la reuniones que han mantenido las dos partes para tratar de consensuar las cuestiones técnicas necesarias para gestionar las autorizaciones, la institución insular ha accedido a que, en este primer año de aplicación de la ley, el intercambio de información no sea automático.
Es decir, inicialmente estaba previsto que en el momento en que un usuario comprase un billete de barco online al instante debía saber, a través del intercambio instantáneo de información con la plataforma del Consell, si podía viajar o no con su vehículo en función del número de plazas disponible.
Sin embargo, ante el temor de las navieras de que la modificación de sus webs con tan poca antelación pudiera ocasionar problemas y afectar con ello a la comercialización de billetes, éstas solicitaron al Consell que el intercambio de información no fuera instantáneo. Así, finalmente, este verano se establecerá un fichero de intercambio de información.
Las navieras deberán enviarlo diariamente al Consell, antes de las 12 horas, con la información de ventas de billetes del día anterior y éste servirá como solicitud de autorización para la entrada y permanencia del vehículo en la isla. El Consell concederá las autorizaciones en función de la disponibilidad de plazas. Del mismo modo, el Consell enviará cada día a las navieras la disponibilidad de plazas (según las solicitudes cursadas a través de la web propia, con el techo de 4.168 diario) para que las compañías tengan en cuenta su límite.
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