Urbanismo

El Consell de Ibiza elimina el interés general del hospital de Jesús sin oposición

El promotor, el empresario farmacéutico Juan Tur Viñas, no presenta alegaciones contra la decisión del Consell que entierra definitivamente el polémico proyecto

Movimientos de tierra previos a la exploración arqueológica en los terrenos donde se proyectaba el hospital de Jesús, en una imagen de archivo. | J. A. RIERA

Movimientos de tierra previos a la exploración arqueológica en los terrenos donde se proyectaba el hospital de Jesús, en una imagen de archivo. | J. A. RIERA

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

Ibiza

El proyecto para construir un hospital privado en Jesús, el segundo de la isla, queda definitivamente enterrado tras la aprobación del Consell de Ibiza de la extinción de los efectos de la declaración de interés general que se le otorgó al promotor, el empresario farmacéutico Juan Tur Viñas, en agosto de 2010.

En concreto, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historicoartísico (Ciotupha) aprobó la semana pasada la declaración de caducidad de la declaración de interés general del centro hospitalario después de que el promotor, la entidad Iniciativas Médicas de Ibiza y Formentera SL, no presentase, además, alegación alguna contra ello. Al ubicarse en suelo rústico, el hospital proyectado no se podía construir sin la declaración de interés general.

Tal como publicó este diario, a solicitud del propietario de la Policlínica Nuestra Señora del Rosario, Francisco Vilás, la Ciotupha acordó el pasado mes de febrero iniciar el proceso para declarar extinguido el interés general de la infraestructura sanitaria después de que el Ayuntamiento, previamente, a mediados de junio del año pasado, declarara también la caducidad de la licencia de obra concedida al promotor en octubre de 2022.

El Consistorio otorgó incluso una prórroga de tres meses al promotor para retirar la licencia e iniciar las obras del centro hospitalario, pero no lo hizo. Previamente agotó también los seis meses que marca la ley para pagar las tasas del permiso de obra y empezar la ejecución del proyecto. El coste se situaba en 6,5 millones de euros: 4,7 millones en concepto del llamado aprovechamiento atípico del terreno y 1,8 millones por el impuesto de construcciones.

El promotor recurrió, infructuosamente, ante el Consistorio al entender que el coste derivado por el aprovechamiento atípico del terreno (por ser rústico) debía ascender a 1,7 millones, tres menos de lo que solicitaba el Ayuntamiento. A esto se añade que el promotor tampoco cumplía con todas las condiciones que exigía el Consistorio para la ejecución de las obras, como la obtención de nuevo de la autorización de instalación del nuevo hospital privado que debía tramitar ante la conselleria de Salud. La promotora obtuvo dicho permiso en mayo de 2011, pero caducó transcurridos seis meses.

La tramitación ambiental

La larga gestación de este proyecto durante más de 15 años fue tortuosa desde el principio y se superaron en el último momento algunas cuestiones que parecían insalvables. Por ejemplo, la Comisión de Medio Ambiente de Balears estaba decidida a principios de 2023 a dar también por extinguida la evaluación de impacto ambiental favorable obtenida en 2010, después de seis años de inactividad tras la anterior reforma legislativa. Sin embargo, cambió de criterio tras estimar las alegaciones del promotor, y dio por iniciadas las obras a pesar de que aún no se había retirado la licencia de construcción. Para salvar esta situación, Medio Ambiente entendió que con la excavación arqueológica previa, unos trabajos preliminares al amparo de una licencia de obra menor de movimientos de tierra, se podía dar por iniciada la ejecución del proyecto.

Las zanjas de cultivo antiguo excavadas en el terreno donde se proyectaba el hospital de Jesús.

Las zanjas de cultivo antiguo excavadas en el terreno donde se proyectaba el hospital de Jesús. / VICENT MARÍ

Para lograrlo, el promotor presentó un escrito en el Ayuntamiento el 8 de noviembre de 2022, el día que se agotaba el plazo para el comienzo de las obras, en el que comunicaba, entre otras cosas, que se estaban llevando a cabo los trabajos autorizados de movimiento de tierras para el estudio arqueológico previo. También informaba de que la adecuación de los terrenos y accesos previstos en el sector de la parcela en la que la licencia del hospital permitía iniciar ya las obras (la zona donde se habían documentado los restos arqueológicos hallados) no se iban a ejecutar hasta que se cumplieran las condiciones dadas por el Consistorio con un plazo de seis meses. Sin embargo, al día siguiente, el 9 de noviembre, la Policía Local de Santa Eulària verificó que el acceso a la obra estaba cerrado y no había ningún trabajador.

Pese a salvar este obstáculo, que hubiera obligado al promotor a iniciar de cero la tramitación ambiental del proyecto y con una normativa más restrictiva, posteriormente fue incapaz de cumplir los requisitos, sobre todo el económico, para retirar la licencia de obra. Precisamente, para eliminar la declaración de interés general, el Consell remitió un requerimiento al Ayuntamiento para confirmar si la caducidad de la licencia era firme.

Caducidad de licencia firme

El Consistorio respondió a finales de enero que el acuerdo adoptado el 14 de junio del año pasado no tenía posibilidad de vuelta atrás después de que el promotor hubiera renunciado a presentar alegaciones ni un recurso judicial por la vía contenciosa administrativa. Con ello, el Consell tenía ya vía libre para enterrar definitivamente el proyecto, tal como reclamaba Vilás, con la aprobación de la extinción de la declaración de interés general de agosto de 2010.

Curiosamente, la ley 6/1997 de suelo rústico de Balears especifica que, una vez otorgado el interés general, si en un plazo de seis meses el interesado no ha solicitado la licencia de obras, se deberá iniciar el expediente para declarar su caducidad. En el caso del hospital de Jesús no se puede aplicar este precepto.

Sin embargo, el informe jurídico del Consell señala que existe jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que avala la caducidad de una declaración de interés general en el momento en que se extingan también los efectos de la licencia de obras, como es el caso. «La caducidad de la declaración de interés general queda ligada a los plazos de caducidad de la licencia de obras. No es admisible que una vez caducada la licencia posterior a la declaración de interés general [por superación de los plazos de inicio o finalización de las obras], esta permanezca vigente», afirma el fallo judicial del TSJB esgrimido en el informe jurídico del Consell.

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