Intrusismo

El Consell de Ibiza prevé sanciones de hasta 10.000 euros para combatir el ‘Airbnb de coches’

La nueva ley que limitará a partir de junio la entrada de vehículos en Ibiza considera como una infracción «grave» la comercialización de vehículos de particulares a turistas

Vehículos estacionados en la zona de embarque de es Botafoc, en una imagen de archivo. | D. I.

Vehículos estacionados en la zona de embarque de es Botafoc, en una imagen de archivo. | D. I.

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

Ibiza

La ley que regula la limitación de entrada de vehículos en Ibiza en los meses de temporada también incluye una nueva vía para que el Consell pueda combatir por primera vez la comercialización de vehículos de particulares a turistas, el «Airbnb de transporte», en palabras de Mariano Juan, vicepresidente primero de la institución insular y responsable de la oficina contra el intrusismo.

Esta práctica, según Juan, no está muy extendida en Ibiza, aunque basta echar un ojo, por ejemplo, a la plataforma Amovens para constatar que ya existe un mercado en la isla, y no sólo en los meses de verano.

«Sabemos que empieza a haber movimiento, y queremos evitar que se cronifique, como ha sucedido en el caso de la vivienda. Se trata de poner el paño antes que la herida. Es cuestión de tiempo y antes de que se instale queremos tener un control», indica Juan.

El vicepresidente destaca que no existe ninguna normativa en España que regule ni sancione, salvo la vía de Hacienda, el alquiler de vehículos entre particulares. «Cuando no hay regulación, el mercado se expande», advierte Juan, que agrega que en las reuniones previas que hubo con agentes del sector económico ya apuntaron la existencia de esta amenaza de competencia desleal para las empresas de alquiler de vehículos.

Régimen de sanciones de la ley

¿Y cómo se ha previsto actuar contra el ‘Airbnb de coches’? La Ley 5/2024, de 11 de noviembre, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Ibiza para la sostenibilidad turística, prevé en su artículo 16 como una infracción «grave», con sanciones de entre 1.000 y 10.000 euros, «comercializar vehículos de alquiler sin adecuarse a las limitaciones establecidas en el artículo 6 de esta ley». Dicho punto, el artículo 6, es el que regula que el pleno del Consell fijará «motivadamente» un número máximo de vehículos de las empresas de alquiler que pueden entrar en la isla para su comercialización y un cupo máximo de los que pueden circular en la isla durante el período de vigencia de la limitación: entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. Así, en el momento que se empiece a aplicar esta restricción, el Consell de Ibiza ya podrá actuar contra el alquiler de vehículos de particulares porque éstos no podrán acceder al cupo y, por tanto, tal como determina la nueva ley, se podrá sancionar su comercialización.

Esta prohibición sólo se aplica, eso sí, durante los meses en los que se limita la entrada de vehículos a la isla, entre junio y el 30 de septiembre. En todo caso, según explica el director insular de Transportes, Roberto Algaba, si se constata que esta vía es «efectiva» para atajar esta competencia desleal se pedirá «una modificación legislativa» para que se pueda aplicar todo el año.

Por su parte, el vicepresidente Juan puntualiza que las sanciones se dirigen a los particulares que alquilan el vehículo, no a las plataformas que se utilizan para publicitar la oferta. En todo caso, tal como se ha hecho también en el caso de las viviendas sin licencia turística que se ofertan en Airbnb u otros canales comerciales, el Consell también tiene previsto advertir a estas plataformas que no se pueden comercializar vehículos particulares en Ibiza durante el periodo que se aplican los cupos porque es ilegal, según señala Algaba.

Información de las plataformas

De hecho, la única vía para detectar esta práctica es a través de estas webs. Bastará obtener la información del vehículo en estos anuncios para abrir el expediente de sanción. El vicepresidente Juan también indica que no se puede permitir la expansión de este tipo de negocio al amparo de la libertad que rige en la Unión Europea y que determina que estas plataformas «no son responsables de los anunciadores». «La voluntad es atajarlo por esta vía. La experiencia nos curtirá», agrega.

Techo máximo admisible

El Consell ya ha anunciado que el cupo de vehículos de fuera de la isla que podrán circular entre junio y septiembre será de un total de 20.168, incluidos los de las flotas de las empresas de alquiler (16.000). La institución ha fijado este techo basándose en un estudio elaborado por la empresa Movilidad & Transporte Asesores (Movytrans), que señala que en verano en la isla hay cerca de 87.500 vehículos privados circulando por las carreteras: 67.281 de residentes, 2.049 que entran a la isla por el puerto y 18.119 de las flotas de las empresas de alquiler.

El cálculo efectuado por Movytrans señala que el techo máximo de vehículos autorizados para entrar y circular por Ibiza se debería fijar en 17.668 al objeto de «no sobrepasar los niveles de congestión». Ahora bien, para el primer verano de aplicación de la nueva ley el estudio indica que se puede abrir un poco la mano y establecer el cupo en 20.168 vehículos y que, a partir de la temporada de 2026, se vaya reduciendo de forma progresiva para llegar a los 17.600 como máximo en un periodo de cinco años.

El sector empresarial de los rent a car aportó al Consell un estudio que señala que el número máximo de vehículos de sus flotas que circula en verano a diario por las carreteras de la isla es de 12.500, y no de 18.119, como señala Movytrans. La estimación de la patronal se ha calculado a partir de la cifra aportada por la Autoridad Portuaria de Balears sobre el pico máximo de 19.284 vehículos (diferencia de entradas y salidas de vehículos con conductor) registrado el 14 de agosto de 2023.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents