Tribunales

Multazo a un ‘beach club’ de Ibiza por saltarse las normas covid

El Govern sancionó a un establecimiento de Cap des Falcó por incumplir de forma reiterada las medidas para frenar los contagios pese a las advertencias de la Policía Local de Sant Josep

El establecimiento de es Cap de Falcó que fue precintado en julio de 2020 por la Policía Local de Sant Josep. | AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP

El establecimiento de es Cap de Falcó que fue precintado en julio de 2020 por la Policía Local de Sant Josep. | AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

Ibiza

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha ratificado la sanción de 80.000 euros que la conselleria balear de Presidencia impuso a la sociedad que gestiona el beach club de es Cap de Falcó por la comisión de dos infracciones al incumplir de manera reiterada diversas medidas decretadas durante la pandemia del covid. Contra esta sentencia cabe recurso de casación.

Los hechos ocurrieron en julio de 2020, durante el primer verano de la pandemia, poco después de que se hubiera levantado el estado de alarma. Según la denuncia, se incumplía la distancia interpersonal, a menos de un metro, entre grupos de distintas mesas. Se contabilizaron entonces 170 personas en el establecimiento, aproximadamente, que, además, no llevaban puesta la mascarilla.

La Policía Local inspeccionó el establecimiento el 12 de julio de ese año, en un momento en que, según recuerda la sentencia, «se estaba produciendo un elevado número de muertos» por el covid. En este primer contacto, los agentes advirtieron a los responsables del local del incumplimiento de la normativa para poner freno a los contagios y de que tomaran medidas al respecto, «apercibiéndoles de las posibles consecuencias de su actuación». Pese a ello, no lo hicieron, apunta el TSJB.

Sin utilizar la mascarilla

La sentencia destaca que es «indudable que, dado el elevado número de personas, más de 150, que se encontraban reunidas, aglomeración que iba en aumento, sin respetar el uso de las mascarillas ni la separación entre grupos y la falta de control por la empresa, suponía un evidente riesgo para la propagación de la enfermedad y ponía en grave riesgo la salud de la población, como se puede comprobar en esas fechas en las que la pandemia estaba castigando duramente a nuestro país». Y agrega que dicho riesgo no se produjo una sola vez, sino que, «ignorando las advertencias de la Policía Local, se repitió en el tiempo».

Precisamente, los agentes se personaron de nuevo en el local los días 25 y 26 de julio (fin de semana) y comprobaron que se seguía incumpliendo la normativa para evitar la propagación del covid. Y todo ello, a pesar de que el día 25 la Policía Local advirtió de nuevo al director del local que debía «poner solución a las irregularidades detectadas de manera inmediata».

De hecho, tal como informó entonces este diario, la Policía Local de Sant Josep precintó, la tarde del domingo (día 26), el establecimiento por los reiterados incumplimientos de la normativa covid, como la capacidad máxima permitida.

En su informe, los agentes también dejaron constancia de que se prestaba servicio de bebidas, en recipientes de vidrio, fuera del espacio autorizado para ello. También del estacionamiento de vehículos en el camino de acceso al beach club, causando un riesgo para la seguridad vial y el medio ambiente. Además, se impedía la llegada de los medios necesarios para atender una eventual emergencia. La Policía Local remitió el informe a la dirección general de Emergencia del Govern balear para que confirmase las medidas adoptadas.

La propiedad culpa a los clientes

En esos días, inspectores del Govern y del Consell Insular llevaban a cabo, junto a agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad, inspecciones en establecimientos de ocio para controlar el cumplimiento de las medidas adoptadas para contener los contagios del covid. Por ejemplo, ese fin de semana, el del 25 y 26 de julio, se efectuaron 31 inspecciones en locales de Ibiza y siete en Formentera.

La defensa de la propiedad del negocio sancionado alegó ante el tribunal balear que la comisión de las infracciones denunciadas «únicamente» podía «imputarse a los clientes». Así, sostenía que el decreto ley balear 11/2020 sobre el régimen de sanciones del incumplimiento de las medidas previstas para paliar el covid, indicaba expresamente que las personas responsables serán exclusivamente quienes «incurran en las acciones u omisiones tipificadas como tales». Por tanto, concluía que, en este caso, los responsables debían ser sus clientes, que «se mezclaban entre grupos de mesas diferentes sin hacer uso de las mascarillas».

En otro argumento para tratar de rebatir la sanción impuesta, la propiedad defendía que las infracciones cometidas no encajaban en lo previsto en el citado decreto ley.

Infracción muy grave

Además, la defensa señalaba que los hechos no podían considerarse como «muy graves», si acaso simplemente «graves» ya que la resolución no demostraba ni explicaba ni argumentaba por qué el incumplimiento de un requerimiento de la autoridad «comportaba daños graves para la salud». En este sentido, indicaba que la cuantía de la multa debía haberse impuesto en su límite inferior al no concurrir ninguna de las circunstancias agravantes. En el caso de las infracciones muy graves, el decreto ley 11/2020 contempla sanciones de entre 60.000 y 600.000 euros.

La sentencia concluye que queda acreditada «la persistencia en los incumplimientos» de la normativa que motivaron la imposición de las dos sanciones. El TSJB agrega que la propiedad del establecimiento es «el único sujeto responsable de las dos infracciones sancionadas y no sus clientes, pues es a ella a quien correspondía velar por las medidas». «De nada sirve si consiente dentro del local que se incumplan, máxime cuando ya estaba reiteradamente advertida y era conocedora de las consecuencias. Pero decidió continuar permitiendo el incumplimiento de las normas por los clientes, convirtiéndose en el único responsable».

Sobre la cuantía de la sanción, el tribunal balear considera que es «proporcional y está debidamente justificada», debido al «elevado número de persona que estaban en el establecimiento, el descontrol existente en el interior sin respetar la distancia de separación y sin llevar mascarilla, además de la reincidencia» en los hechos denunciados.

Tracking Pixel Contents