Tribunales
Le Senne acusa al juez de actuar con arbitrariedad y sesgo ideológico
El presidente del Parlament pide ante la Audiencia el archivo de su causa al denunciar una «clara intencionalidad política» para «forzar su relevo» nEl magistrado ve indicios de delito de odio

El presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, cuando rasgó la imagen de Les Roges del Molinar. / / E. P.
B. Palau
El presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, ha recurrido ante la Audiencia de Palma el auto del magistrado Juan Manuel Sobrino del pasado 27 de enero en el que continuaba con el procedimiento judicial contra él al ver indicios de delito de odio por romper la foto de Aurora Picornell y las Roges del Molinar durante el pleno del pasado 18 de junio en el que se debatía la derogación de la Ley de memoria histórica.
Le Senne, a través de su abogado defensor, reclama al tribunal que revoque el auto del juez instructor y archive la causa. Considera que el magistrado «ha acogido de una forma un tanto sesgada las declaraciones y valoraciones», coincidiendo con las acusaciones, y sostiene que la motivación de la resolución «resulta ilógica y arbitraria» al carecer del necesario apoyo fáctico.
«Todo el argumentario del instructor no tiene su fundamento en elementos indiciarios, sino más bien en una posición arbitraria sustentada por presunciones y perjuicios en contra de mi representado y en base a unos hechos que no se han podido acreditar indiciariamente al no haber ocurrido simplemente», remarca el letrado.
«La resolución carece de una fundamentación sólida que justifique la existencia de indicios racionales de criminalidad, incurriendo en una interpretación sesgada y parcial de las diligencias practicadas», continúa la defensa. El auto se limita «a realizar afirmaciones genéricas, descontextualizadas y carentes de la gravedad suficiente para sustentar la continuación del procedimiento», critica el abogado del dirigente de Vox.
En el recurso de apelación interpuesto, la segunda autoridad de Balears mantiene que «la ruptura accidental de un folio con una fotografía y su posterior depósito en la papelera» no constituye ningún delito, ya que no lesiona la dignidad de las personas representadas ni incita al odio.
La defensa del presidente critica con dureza la contundente resolución del juez Sobrino. «La continuación del procedimiento resulta innecesaria al ser totalmente desproporcional en relación con los hechos ocurridos», subraya el recurso, que insiste en que no se han acreditado indiciariamente los elementos esenciales del delito imputado, ni el objetivo ni el subjetivo.
Le Senne denuncia una «clara intencionalidad política» para echarle del cargo. «De las actuaciones se desprende una clara intencionalidad política por parte de los denunciantes y querellantes, quienes buscan instrumentalizar el proceso penal para desacreditar al recurrente y forzar su relevo como presidente del Parlament», señala su defensa.
Intención discriminatoria
El auto parece atribuir a Le Senne «una intención discriminatoria basada en su pertenencia al partido político Vox y en declaraciones previas realizadas en redes sociales. Sin embargo, estas declaraciones, aunque puedan ser controvertidas, no se vinculan directamente con los hechos objeto del procedimiento y están claramente amparadas por la libertad de expresión», prosigue su letrado.
El recurso de apelación también alude a la inviolabilidad parlamentaria de los diputados por las opiniones manifestadas y los actos realizados en el ejercicio de sus funciones. Este marco de protección excluye cualquier responsabilidad penal derivada de los hechos investigados. «El presidente del Parlament actuó en el legítimo ejercicio de sus competencias para mantener el orden y la imparcialidad de la Mesa», recalca.
Según la defensa, la exhibición de imágenes partidistas por parte de dos miembros de la Mesa vulneró el principio de imparcialidad, lo que justificó la intervención de Le Senne para garantizar el respeto al pluralismo político.
Finalmente, el recurso de apelación critica que el auto del juez «ignora por completo el principio de subsidiariedad del Derecho Penal». En este caso, «los hechos que se ven en la videograbación podrían ser en el mejor de los supuestos objeto de valoración en el ámbito del Derecho Administrativo, parlamentario y político, pero carecen de la entidad suficiente para justificar una respuesta penal», concluye la defensa.
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