Santa Eulària confirma la multa de cerca de un millón de euros al explotador de Can Rova
La finca ha quedado limpia después de ejecutarse una orden contra todos los propietarios para retirar los elementos del poblado

Detalle del asentamiento de Can Rova antes del desalojo. / J.A.Riera
El Ayuntamiento de Santa Eulària ha confirmado este jueves la sanción de 905.137,61 euros al promotor y explotador del camping ilegal desmantelado el pasado verano en la finca de Can Rova, en Puig d’en Valls, por una infracción de la Ley de Urbanismo.
Además, de manera paralela, el Consistorio inició una orden de ejecución contra esta misma persona y sus hermanos, titulares de la finca, para retirar el antiguo poblado, según ha informado el Ayuntamiento en un comunicado. Los elementos y los residuos ya han sido retirados, por lo que esta finca rústica ha vuelto a su estado original tal y como marca la ley.
Esta sanción se sitúa en el tramo más alto de las horquillas que permite la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears, con un importe que supone el 212,5% del valor de todos los elementos irregulares detectados por los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento. En este sentido, no ha habido ninguna rebaja de la multa, ya que se consideró un agravante que el promotor del poblado ilegal hubiera obtenido un beneficio de la explotación de estos elementos instalados sin permiso, tal y como detalla la nota.

Redacción Digital
Suelo Rústico
Cabe recordar que la parcela, de 26.000 metros cuadrados, tiene la calificación de Suelo Rústico Común con categoría de Área de Transición. En ella se documentaron 103 elementos diferentes habilitados como alojamiento, desde casetas de madera a caravanas y autocaravanas, pasando por tiendas de campaña, un par de camiones y un microbús, así como un contenedor. Se pudo confirmar que la persona responsable cobraba entre 500 y 700 euros mensuales por uno de los elementos.
Las actuaciones llevadas a cabo se ejecutaron sin contar con la correspondiente licencia municipal de obras, por lo que eran ilegalizables, pues vulneraban las condiciones de edificación de las Normas Subsidiarias de planeamiento urbanístico municipal.
Ante esta sanción, el propietario tiene la posibilidad de interponer un recurso de reposición o un contencioso-administrativo en los Juzgados.
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