Justicia

Absuelto un hombre denunciado por agredir sexualmente a una turista en Ibiza

La mujer contó en su declaración en el juzgado que había aceptado un masaje reiki del hombre y él aprovechó para tocarla, algo que rechaza la sentencia de la Audiencia Provincial

La Audiencia Provincial de Balears, en la plaza Weyler de Palma.

La Audiencia Provincial de Balears, en la plaza Weyler de Palma. / B.RAMÓN

Ángela Torres Riera

Ángela Torres Riera

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Balears ha absuelto a un hombre al que el juzgado de Instrucción número 1 de Ibiza había condenado por un delito de agresión sexual. Los hechos se produjeron en septiembre del 2023, a las nueve y media de la noche, cuando el encausado estaba en un beach club de Platja d’en Bossa y tras intercambiar miradas con la denunciante, ambos entablaron una conversación.

La mujer, de origen estadounidense, y el hombre, de origen brasileño, tenían que utilizar el traductor para comunicarse ya que no hablaban el mismo idioma. Fue entonces cuando él le propuso hacerle gratis un masaje reiki, a lo que ella aceptó. La mujer se desvistió, quedándose en bikini, y dejó todas las pertenencias que llevaba debajo de la hamaca.

Ella explicó que le dejó que le tocara el cuerpo por arriba y después se colocó bocabajo, fue entonces cuando él le empezó a tocar la vagina y ella le dijo: «Esto no puede ser reiki» y le pidió que parara, a pesar de lo que él le empezó a realizar tocamientos en la vagina, describía la mujer en su versión de los hechos. El hombre, en respuesta a las preguntas de la Fiscalía, declaró que antes de darle el masaje le explicó a la mujer que no era masajista profesional y que el masaje fue «rápido» y tan solo «en espaldas y brazos».

Así como que había alrededor de 20 personas en ese momento en el beach club, que por su parte, la mujer aseguró que estaban «lejos» en el momento en que se produjeron los supuestos tocamientos. También que había un guardia de seguridad que «no estaba prestando atención» y quien testificó que ese día además de él había otros siete u ocho guardias, ya que «era jueves y se celebraba una fiesta especial», por lo que «de haber pasado algo se hubieran dado cuenta».

Un rato después, cuando la denunciante fue a recoger las cosas de debajo de la hamaca, comprobó que faltaban muchas de ellas. Él (según su declaración ante el juez) la estuvo ayudando a localizar el móvil por la zona y le ofreció acompañarla a la comisaría para poner la denuncia del robo, pero ella le dijo que prefería que la acompañara al hotel, donde estaban sus amigas. Por su parte, la mujer declaró ante el juez que pidió al encausado que fuera con ella con el fin de que lo captasen las cámaras de seguridad. Ya que tenía sospechas, además, de que hubiera sido él quien le hubiera robado sus pertenencias.

«Devuélveme la cartera»

Una vez en el alojamiento, la mujer avisó a una de sus amigas para que bajara mientras el hombre le explicaba el robo a la recepcionista. La trabajadora del hotel contactó con la Policía y el hombre se marchó porque tenía que volver al trabajo, como ya había avisado a la denunciante. Antes, había hablado con una de las amigas de la mujer, con la que pudo comunicarse porque hablaba un poco de portugués, y que le pidió el DNI y hacerle unas fotografías, a lo que él accedió sin inconvenientes.

«No parece lógico que alguien que acaba de cometer un delito y que tenía una forma extremadamente fácil de irse del lugar, se quede voluntariamente», recoge la sentencia. Más tarde, la denunciante reconoció haberlo llamado diciéndole: «Si me devuelves la cartera, lo dejamos todo aquí». Por su parte, la recepcionista, que también testificó en el juicio, manifestó que cuando la denunciante llegó tenía una actitud como de «perdida, triste, un poco asqueada» y que él empezó a ponerse nervioso cuando llamó a la Policía.

«Llegó descalza y en bikini, con el vestido en la mano y él la llevaba cogida por el hombro». La mujer le contó lo que había pasado, que hubo conexión y que él le ofreció darle un masaje tántrico y aprovechando la oportunidad, le introdujo dos dedos». La Audiencia Provincial resuelve, una vez analizadas todas las pruebas, que «no puede llegarse a la conclusión firme e indubitada de que el encausado realizara un acto de contenido sexual con la denunciante, empleando violencia, intimidación o abuso de superioridad», termina la sentencia.

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