Urbanismo en Ibiza: dos terceras partes de la superficie de ses Variades se podrán urbanizar en un futuro

La zona hotelera del final de Platja d’en Bossa seguirá ‘blindada’ tras la modificación del Plan Territorial Insular

Vista aérea de la zona de ses Variades, en primera línea de costa, en una imagen de archivo. | XAVIER DURÁN

Vista aérea de la zona de ses Variades, en primera línea de costa, en una imagen de archivo. | XAVIER DURÁN / eugenio rodríguez. eivissa

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

Dos terceras partes de la zona sin edificar de ses Variades son suelo rústico (área de transición) y, por tanto, un terreno de desarrollo urbanístico potencial del núcleo urbano de Sant Antoni. En concreto, una superficie de 60.000 metros cuadrados quedará clasificado como suelo rústico en la nueva modificación del Plan Territorial Insular de Ibiza, mientras que una franja de primera línea de 30.000 metros cuadrados queda como zona protegida por Área de Protección Territorial (APT) de Costas y, por tanto, inedificable.

La zona protregida , detrás,  la rústica de ses Variades. | D. I.

La zona protregida , detrás, la rústica de ses Variades. | D. I. / eugenio rodríguez. eivissa

Este es el resultado de la aplicación de la proyección ortogonal, unas líneas perpendiculares a la costa, previstas en las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT), para delimitar qué zona queda afectada por la APT de Costas y cuál no. La modificación del PTI introduce este delimitación de la zona protegida de ses Variades, la parte hotelera del final de Platja d’en Bossa (sectores 1.23 y 2.2), dos ámbitos de Port d’es Torrent (5.5 y 5.7) y Cala Tarida (4.17 y 4.18) en cumplimiento del incidente de ejecución de sentencia ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) en octubre de 2020.

La proyección ortogonal de Platja d’en Bossa. | D. I.

La proyección ortogonal de Platja d’en Bossa. | D. I. / eugenio rodríguez. eivissa

La resolución judicial daba un plazo de ocho meses al Consell para hacerlo. De hecho, la memoria de la modificación del PTI, pendiente aún de aprobación inicial en el pleno de la institución insular, destaca que su «objetivo principal» es el de cumplir este mandato judicial.

La versión inicial del PTI regulaba que todas estas zonas eran aptas para el desarrollo urbano, pero quedaron desclasificadas mediante una sentencia judicial a raíz de un recurso del Grup d’Estudis de la Naturalesa (GEN-GOB). Sin la delimitación de la categoría de suelo rústico (protegido o común) a través de la proyección ortogonal, estos terrenos quedaron en el limbo urbanístico, sin ordenar.

Salvo en el caso de ses Variades, donde la mayor parte queda como suelo rústico (área de transición), en el resto de terrenos (Platja d’en Bossa, Port d’es Torrent y Cala Tarida) todo el ámbito delimitado, tras ejecutar las proyecciones ortogonales, queda como APT de Costas, y, por tanto, inedificable.

Limitación del último decreto

El Ayuntamiento de Sant Antoni explica que con el resultado de la proyección ortogonal ahora tiene la posibilidad de «clasificar nuevo suelo urbanizable [60.000 metros cuadrados de ses Variades] para desarrollarlo después y alcanzar la condición de suelo urbano». En todo caso, hay que tener en cuenta que el decreto ley 10/2022 de medidas urgentes en materia urbanística ratificado recientemente por el Parlament limita el crecimiento de los municipios en el caso de que cuenten con más de un 15% de suelo urbano vacante. Con esta medida, el Govern impide que los municipios delimiten nuevas áreas de desarrollo si no han consumido buena parte del suelo urbano aún no edificado.

Una portavoz del Consistorio señala que, en esta limitación, no computan las parcelas de menos de 500 metros cuadrados. Los servicios técnicos aún tienen que calcular el suelo urbano vacante que cumpla esta condición.

Así, en el caso de que más del 15% del suelo urbano del municipio aún no se haya desarrollado, el Ayuntamiento no podrá iniciar la tramitación de la reclasificación de los terrenos rústicos de ses Variades hasta que se haya edificado. «Estas son las consecuencias de la aprobación de normas generales sin analizar las afecciones», indica la portavoz del equipo de gobierno del PP de Sant Antoni.

El suelo rústico clasificado como área de transición es la zona natural de crecimiento de los municipios porque se encuentra pegado al suelo urbano y los ayuntamientos tienen la capacidad para reclasificarlos para su desarrollo siempre y cuando, eso sí, obtengan el visto bueno de la Comisión de Medio Ambiente de Balears.

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