El pleno del Parlament aprueba hoy poner límites a nuevas urbanizaciones

Incluye a las Pitiusas en la limitación en rústico a una piscina por finca con un máximo de 35 metros cuadrados y 60 metros cúbicos

Miquel Adrover

El Parlament celebrará hoy dos plenos para aprobar medidas muy importantes en materia urbanística y ambiental impulsadas por la conselleria de Medio Ambiente y Territorio. En primer lugar se validará como ley el decreto 10/2022 que aplica duras restricciones a los ayuntamientos a la hora de permitir nuevas urbanizaciones. La norma, de medidas urgentes en materia urbanística, no permitirá que ningún municipio de las islas autorice nuevos crecimientos si en sus planeamientos territoriales cuenten con un 15% de suelo sin construir.

Además, incluye a Ibiza y Formentera en la limitación en suelo rústico a una piscina por finca con un máximo de 35 metros cuadrados y 60 metros cúbicos.

Asimismo, en el segundo pleno de la Cámara de hoy se aprobará una modificación de la Ley de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental (LECO) para permitir al Govern declarar parques naturales de forma directa y sin un Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) previo. De igual modo, los cambios en la LECO otorgan al Ejecutivo, mediante un simple acuerdo de Consell de Govern, la posibilidad de suspender licencias de todo tipo y concesiones administrativas en zonas donde se piensa impulsar una protección ambiental del territorio. Es el caso de un parque natural, una Área Natural de Especial Interés (ANEI), una Zona de Especial Protección de las Aves (ZEPA) o Lugares de Interés Comunitario (LIC). En este apartado, el Govern también ha incluido en la reforma de la ley ambiental la posibilidad de declarar una zona de protección alrededor de los espacios naturales que tramiten a partir de ahora.

La «transformación biológica»

Esta última medida, junto con la suspensión de licencias, tiene la finalidad de evitar «la transformación física o biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar la consecución de los objetivos pretendidos», reza el artículo 8 incluido en la modificación de la LECO.

La medida más dura y restrictiva de los últimos años es la limitación que aplicará el Govern sobre las competencias municipales mediante la validación del decreto de medidas urgentes en materia urbanística, que tanto promotores como la aposición han criticado duramente. Los planeamientos urbanísticos municipales no podrán crear nuevos sectores de suelo urbanizable (susceptibles de desarrollar) cuando las necesidades reales puedan ser resueltas con la rehabilitación, regeneración y renovación urbana y cuando en el municipio haya más de un 15% de suelo vacante o si este tiene una superficie equivalente a la propuesta del nuevo crecimiento en sectores urbanizables.

De igual forma, no se podrán planificar nuevos sectores de suelo urbanizable en áreas de prevención de riesgo de inundación.

La única excepción es para las promociones de Viviendas de Pretección Oficial y los equipamientos públicos como hospitales, colegios o zonas deportivas.

El conseller de Medio Ambiente y Territorio, Miquel Mir, replicó ayer a los promotores que culparon a las medidas del Govern de la subida de los precios de la vivienda. Mir indicó que «es el momento de contener el desarrollo urbanístico desatado». E incidió en que es preciso crecer en el suelo ya consolidado y apostar por la contención urbanística.

Acotar las dimensiones de piscinas y las zonas de grandes mansiones

La filosofía de las medidas urbanísticas y ambientales que aprueba hoy el Pacto en el Parlament tienen dos objetivos. Por un lado, restringir los usos residenciales y turísticos en suelo rústico y, por el otro, evitar zonas de urbanizaciones con grandes chalés en las afueras de los municipios. En el seno del Pacto se les llama zonas de mansiones que consumen mucho territorio. Apuestan por la rehabilitación y el suelo urbano existente.

En cuanto a los usos residenciales y turísticos en rústico, se aplica una medida indirecta como es la limitación de las dimensiones y solo permitir una piscina por finca rústica. A partir de ahora las piscinas en el campo solo podrán tener unas dimensiones de 35 metros cuadrados y 60 metros cúbicos incluyendo lámina de agua e infraestructuras. El hecho de permitir sólo una piscina evitará desarrollarlas en extensiones agrícolas donde se pueden edificar varias casas pero están en la misma parcela y, por tanto, no podrán tener piscina. 

El Govern impulsa esta medida bajo el argumento de reducir el consumo de agua.