Urbanismo en Ibiza: El decreto urbanístico declara rústicos los falsos urbanos de Sant Josep y Sant Antoni

Los afectados no tienen derecho a indemnización, según el decreto ley aprobado por el Govern el pasado martes

Los alcaldes de Sant Antoni y Sant Josep, Marcos Serra y Ángel Luis Guerrero, se saludan en presencia del presidente Mari. | VICENT MARÍ

Los alcaldes de Sant Antoni y Sant Josep, Marcos Serra y Ángel Luis Guerrero, se saludan en presencia del presidente Mari. | VICENT MARÍ / eugenio rodríguez. eivissae.r. eivissa

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

El decreto ley de medidas urgentes en materia urbanística de Balears aprobado el pasado martes desclasifica directamente los suelos urbanos no consolidados, los llamados falsos urbanos, de Sant Josep y Sant Antoni. Además, la norma especifica que este cambio en la clasificación del suelo (pasa a ser rústico común) «no da lugar a indemnización».

El decreto anterior (9/2020) de mayo de 2020 también de medidas urgentes de protección del territorio daba de plazo al Consell de Ibiza hasta el 31 de diciembre del año pasado para decidir, a través del correspondiente instrumento de ordenación territorial (una modificación del Plan Territorial Insular), si dichos terrenos se mantenían como urbanos, urbanizables o directamente se desclasificaban.

No lo hizo, y, de hecho, a la carrera, el Ayuntamiento de Sant Antoni celebró un pleno extraordinario el 30 de diciembre de año pasado, un día antes de que venciera el plazo, para aprobar una modificación de su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para mantener los suelos urbanos no consolidados de sa Talaia Norte, Bosc d’en Frit y Bahía de Sant Antoni.

Al agotarse el plazo sin resolver este asunto, tal como contemplaba el decreto 9/2020, el Govern balear se subrogó la competencia para decidir el futuro de estos falsos urbanos. Tenía un año para hacerlo, hasta el sábado, 31 de diciembre. Pero en este caso, el Govern sí lo ha resuelto y lo ha hecho a través del decreto 10/2022 de medidas urgentes en materia urbanística aprobado el martes pasado. En su artículo 2 se determina, según explica la directora general de Territorio y Paisaje del Govern, Magdalena Pons, que «los falsos urbanos [de Sant Josep y Sant Antoni] quedan desclasificados».

En concreto, pasan a ser suelo rústico común aquellos terrenos que reúnen las condiciones de falso urbano según el decreto 9/2020 y que no han sido reconocidos por el Consell Insular en el período que estaba previsto para ello, antes del 31 de diciembre de 2021. Pons agrega que se adopta esta decisión «sin perjuicio de que en un futuro se considere adecuado clasificarlos [como aptos para urbanizar]», pero en «otro procedimiento, con unos requisitos superiores». De hecho, Pons agrega que este mismo decreto prevé que «ha de justificarse adecuadamente la necesidad» de que se clasifiquen nuevos urbanizables con la finalidad de «evitar lo sucedido con unos planeamientos urbanísticos tan sobredimensionados».

Esta desclasificación también afecta a los tres falsos urbanos que Sant Antoni incorporó a su PGOU como urbanizables hace justo un año. La directora general de Territorio y Paisaje recuerda que se encargó un informe a la Abogacía de la Comunitat Autònoma sobre la validez del acuerdo adoptado por el pleno del Consistorio, al margen de lo previsto en el decreto 9/2020 (el Consell debía aprobarlo a través del PTI). Sin embargo, Pons destaca que, «con independencia» de lo que dictaminen los juristas sobre la validez de dicho acuerdo, «la redacción del artículo del decreto es bastante clara y quedan afectados [desclasificados]». Se refiere al hecho de que el decreto aprobado el martes especifica que sí se mantienen como urbanos aquellos que fueron declarados como tal por los consells en el periodo previsto, pero no se hizo en el caso de Ibiza.

Desclasificadas zonas de Cala Tarida, Cala Vedella y Sant Jordi

Tras la aprobación del decreto 9/2020 de medidas urgentes de protección del territorio, en mayo de 2020, el entonces primer teniente de alcalde de Sant Josep Ángel Luis Guerrero, afirmaba que al menos seis suelos urbanizables quedaban desclasificados directamente: cuatro en la zona de Cala Tarida y Cala Corral, uno en Cala Vedella y otro en Sant Jordi.

Guerrero puso como ejemplo entonces los sectores 4.23 y 4.24 de Cala Corral, con una superficie de algo más de 185.000 metros cuadrados y con capacidad para 415 residentes (315 en viviendas unifamiliares y 90 en un alojamiento turístico). Según su criterio, estaba justificado que quedasen desclasificados directamente porque su desarrollo se previó en las Normas Subsidiarias de 1986, las que actualmente están en vigor. «En todos estos años, han tenido suficiente tiempo para construir. No tiene sentido que en una zona tan sensible como Cala Tarida se desarrolle [esta urbanización]».

La Comisión de Medio Ambiente ya advirtió de que no había suficiente agua para garantizar el suministro a esta nueva urbanización. En total, con el decreto se desclasificaron directamente 160 hectáreas de suelo urbanizable de Sant Josep y Sant Antoni.

El Consell pidió infructuosamente al Govern una prórroga (más allá del 31 de diciembre de 2021) para regular los urbanos no consolidados en las normas subsidiarias provisionales de Sant Josep acordadas recientemente y que se prevén aprobar inicialmente en el primer trimestre de 2023. Finalmente, la normativa urbanística transitoria se limita a reflejar la existencia de los suelos urbanizables del municipio no desarrollados, pero no declara nuevos urbanos ni urbanizables a la espera de la tramitación de un PGOU.

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