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Salud advierte a Tur Viñas de que su permiso para el nuevo hospital privado de Ibiza está caducado

El Govern informa de que se tiene que tramitar un nuevo permiso

Desbroce y prospección arqueológica en la finca situada junto al campo de fútbol de Jesús donde se proyecta el nuevo hospital. | JESÚS AL LÍMITE

La conselleria balear de Salud ha informado al promotor del hospital privado de Jesús, el empresario farmacéutico Juan Tur Viñas, de que la autorización de instalación previa que le otorgó en mayo de 2011 para la construcción del complejo sanitario está caducada y, por tanto, no se pueden empezar las obras hasta que se solicite y conceda un nuevo permiso.

La directora general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación, Asunción Sánchez, ha emitido una resolución, en respuesta a una denuncia presentada por el propietario de la Policlínica Nuestra Señora del Rosario, Francisco Vilás, en la que recuerda que la autorización previa de instalación que se otorgó al promotor del hospital de Jesús, en la finca Cas Doctor Martí, junto al campo de fútbol, en mayo de 2011, caducaba a los seis meses en el caso de que no se hubieran iniciado las obras.

Tal como publicó este diario hace unos días, la junta de gobierno de Santa Eulària ha resuelto dejar sobre la mesa la concesión de la licencia de obras y actividad del hospital, pese a tener informe favorable de los técnicos, a la espera de que, por un lado, la dirección general de Recursos Hídricos del Govern balear emita un informe favorable (el hospital se proyecta en zona de policía de torrentes) al proyecto y, por otro, que el promotor complemente la información del estudio de movilidad para actualizarlo acorde con la última versión del proyecto de actividad presentado en el Ayuntamiento.

En el informe jurídico se apunta la existencia de la autorización previa de Sanidad de 3 de mayo de 2011, pero, en la resolución final, no se menciona que se debe actualizar para obtener las correspondientes licencias municipales. El acuerdo de la junta de gobierno sí pide que la Comisión de Medio Ambiente de Balears confirme el plazo en el que caduca la evaluación de impacto ambiental favorable aprobada en julio de 2010. El jefe del departamento de Evaluaciones Ambientales emitió un informe recientemente en el que apuntaba que la fecha límite para el inicio de las obras es el próximo día 8 de noviembre. De lo contrario, el promotor también debe presentar y tramitar una nueva declaración de impacto ambiental, con una normativa más exigente que la de hace 12 años.

Plazo límite de Medio Ambiente

La ley balear de evaluación ambiental aprobada en 2016 fijaba un plazo de seis años para que las declaraciones de impacto anteriores caducaran si el promotor no iniciara las obras en un plazo máximo de seis años. En el caso del proyecto del hospital privado de Jesús, este plazo finalizaba el pasado 21 de agosto, pero se ha prorrogado hasta el 8 de noviembre al sumar los 79 días en que durante el estado de alarma de la pandemia por el covid, entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020, los plazos administrativos quedaron en suspenso.

La obligación de tramitar una nueva autorización de instalación previa de Sanidad, junto al informe pendiente aún de la dirección general de Recursos Hídricos, que es preceptivo y vinculante, dificulta aún más la posibilidad de que las obras se pudieran iniciar antes del 8 de noviembre. La tramitación de una nueva declaración de impacto ambiental puede retrasar aún más la autorización de este proyecto que se empezó a gestar hace más de 13 años.

En su denuncia, el propietario de la Policlínica Nuestra Señora del Rosario había advertido a Sanidad de diversas «irregularidades» en el proyecto de Tur Viñas que afectaban a la autorización previa otorgada en 2011. La conselleria balear de Salud notificó a Tur Viñas la existencia de esta denuncia y le otorgó un plazo para defenderse. Sin embargo, el promotor no respondió.

El propietario de la Policlínica Nuestra Señora del Rosario pedía a la conselleria balear de Salud que informara desfavorablemente sobre el proyecto. La resolución de Salud descarta esta solicitud. Primero porque la autorización está «caducada» y, por tanto, ya no tiene ninguna validez; y, segundo, porque a Vilás no se le puede considerar persona interesada en el expediente.

El interés de Vilás

La ley que regula el procedimiento administrativo indica que se pueden considerar interesadas en un expediente a aquellas personas cuyos intereses y derechos se puedan ver afectados por su resolución. Salud indica que, «más allá de la defensa de la legalidad», se puede apreciar «un interés económico o competitivo subyacente» en la solicitud de Vilás, debido a su «notoria vinculación con un conocido grupo empresarial con actividad sanitaria en la isla de Ibiza». De todos modos, la resolución de Salud agrega que este motivo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, «no sería suficiente», por lo que debería «argumentar y acreditar concretamente el supuesto perjuicio que le causaría».

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