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El TSJB confirma que el alcalde de Sant Josep podía explotar un taxi estacional de Sant Antoni

Uno de los requisitos del plan bianual 2018-19 era «la exclusividad» y la sentencia concluye que, pese a que Guerrero ejercía de concejal de Urbanismo, no cotizaba como tal en la Seguridad Social y sólo percibía dietas

Marí Ribas, a la derecha, cede la vara de mando de la alcaldía a Ángel Luis Guerrero. | J. A. RIERA

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado que el alcalde de Sant Josep, Ángel Luis Guerrero, cumplía en 2018 los requisitos para obtener una licencia estacional de taxi de Sant Antoni, en concreto, el de tener «dedicación exclusiva» como taxista a pesar de sus funciones entonces de concejal de Urbanismo de Sant Josep. Una persona impugnó la lista definitiva de adjudicatarios de las licencias estacionales del plan bianual de 2018 y 2019 porque, aparte de la concesión de una licencia estacional a Guerrero pese a su función pública en Sant Josep, nueve taxistas que, inicialmente, en la lista provisional fueron excluidos por no estar al corriente del pago de tributos, finalmente, después de que subsanaran la situación, fueran incluidos en la lista definitiva.

En primera instancia, el juzgado ya falló en favor del Ayuntamiento de Sant Antoni y avaló la concesión de la licencia estacional a Guerrero. Para ello, el Consistorio aportó un informe de la vida laboral del entonces concejal de Urbanismo de fecha 11 de mayo de 2018 en el que «no constaba que prestara servicios a tiempo parcial o con dedicación exclusiva como concejal en el momento de publicarse la resolución definitiva de adjudicación de las autorizaciones estacionales, no constando tampoco cotización alguna para el Consistorio».

1.500 al mes mínimo en dietas

El demandante alegó que en el portal de Transparencia de Sant Josep, el 8 de mayo de 2018, figuraba que Guerrero percibía un salario bruto de 24.000 euros. Pero nueve días después de la presentación de sus alegaciones, la web recogía que «el salario bruto se traducía exclusivamente en dietas» (por asistencia a plenos, juntas de gobierno, mesas de contratación y comisiones informativas, con un mínimo de 1.500 euros al mes).

El juzgado apuntaba que no se discutía la condición de concejal de Urbanismo de Sant Josep en ese momento y destacaba que «no figuraba de alta en el sistema de la Seguridad Social por su condición de regidor». Esto es lo que abocó al juez a «no entender probado» que concurriera «la imposibilidad» de que Guerrero fuera adjudicatario de la licencia estacional «por ejercer otra profesión o por resultar impedido para una plena y exclusiva dedicación». La sentencia de primera instancia añadía: «A tal conclusión no obstan las consideraciones que se efectúan a la gestión del tiempo que le dedicara a sus obligaciones como concejal».

Ahora, el TSJB ha ratificado dicha sentencia favorable a la lista definitiva de estacionales de Sant Antoni del plan bianual 2018-19 y al cumplimiento por parte de Guerrero del requisito de «la exclusividad» para estar en ella. El fallo señala que para que el recurso del demandante prosperara, este tenía que «demostrar» que Guerrero «percibía una remuneración con cargo al presupuesto público, lo cual justificaría su cotización en la Seguridad Social por dicho trabajo». «Que esa persona desempeñe un cargo público de concejal no significa que tenga dedicación parcial o exclusiva y que por ello perciba una retribución con cargo al erario público. Al contrario, sobre este punto el Ayuntamiento ha negado que esa persona perciba remuneración alguna con cargo a los presupuestos municipales por tener dedicación a tales quehaceres, ni a tiempo parcial ni con carácter exclusivo. En definitiva esa persona solamente percibe dietas, que no es lo mismo que tener una remuneración por desempeñar un trabajo bien con dedicación parcial o exclusiva», concluye el fallo.

Cotizar en la Seguridad Social

Resulta obvio que las dietas que entonces percibía Guerrero se sufragaban del presupuesto municipal, pero tanto el juzgado de primera instancia como el tribunal balear tienen en cuenta que en la Seguridad Social, Guerrero sólo cotizaba por el régimen de autónomo.

Pese a cumplir los requisitos para optar a una licencia estacional, después del plan anual 2018-19, Guerrero no ha vuelto a optar a ello por la carga de trabajo que le supone la alcaldía. Hay que tener en cuenta que, en el momento que Guerrero asumió la alcaldía de Sant Josep en sustitución de Josep Marí Ribas, en marzo de 2021, pasó a tener dedicación exclusiva y dejó de conducir el taxi, aunque mantiene la explotación de su licencia fija (de Sant Antoni) con personas asalariadas. El Ayuntamiento de Sant Antoni interpreta que la ley balear de Transportes de 2014 no obliga a que los taxistas exploten su licencia (la fija) en exclusiva. También lo interpreta así el Consistorio de Sant Josep.

En cambio, el de Ibiza considera que prevalece el reglamento nacional de 1979 e impide que el titular de una licencia pueda compatibilizar su explotación con otro trabajo, aunque en la nueva ordenanza del taxi se plantea introducir «excepciones», como los cargos públicos. El conseller balear de Movilidad, Josep Marí Ribas, al que Guerrero sustituyó en la alcaldía de Sant Josep, defendió hace un año en el Parlament que, según los juristas de la Comunitat Autònma, los taxistas tienen que trabajar el sector «en exclusividad», aunque agregó que «también pueden tener trabajadores».

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