El Juzgado de Primera Instancia 4 de Ibiza ha declarado nula una tarjeta de crédito 'revolving' al quedar probado que las cláusulas de las condiciones generales de contratación no cumplían los requisitos mínimos de legibilidad, siendo declaradas como nulas.

Una tarjeta 'revolving' es un tipo de tarjeta con la que realizar compras o disponer de efectivo aplazando los pagos. Permite abonar el importe en todos los plazos que quieras, pero con unos intereses, generalmente altos.

Así, el cliente tendrá que devolver el capital que haya dispuesto sin intereses y sin comisiones.

Según han informado en un comunicado, una sentencia del pasado 31 de mayo ha condenado a una financiera a restituir a un afectado unas cantidades indebidamente pagadas en concepto de interés nominal, con sus intereses legales devengados desde cada liquidación. La cantidad se determinará en ejecución de sentencia, así como al pago de las costas judiciales.

Desde el bufete de abogados han recordado además que los afectados por tarjetas o créditos' revolving' están a tiempo de recuperar lo pagado de más si reclaman.

También han recordado que la jueza titular analizó el contrato, en concreto las cláusulas en las que se establece el interés remuneratorio, el de demora y otras comisiones, todas ilegibles y con un tamaño de letra inferior a un milímetro, contempladas así como "no puestas" en el contrato, según normativa.

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