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Aviso en Reino Unido: se acabó en Sant Antoni el ‘todo incluido’ de alcohol

El turoperador EasyJet informa a sus clientes del cambio de la normativa, que había pasado desapercibida con la pandemia por el coronavirus

La zona del West de Sant Antoni, en mayo del año pasado, prácticamente vacía. | ZOWY VOETEN

El proyecto para acabar con el turismo de borrachera puesto en marcha por el Ejecutivo balear fue en su momento la primera norma adoptada en Europa que restringía la promoción y venta de alcohol en determinadas zonas turísticas, según aseguró el equipo de gobierno que dirige la socialista Francina Armengol cuando fue presentada.

Y no se hacía efectiva en todo el archipiélago, únicamente en algunas zonas concretas, polémicas desde hace tiempo por este tipo de turismo: Sant Antoni en Ibiza y Playa de Palma, s’Arenal y Magaluf en Mallorca. El plan nació con una vigencia de cinco años.

En marzo de 2020 llegaba el confinamiento a toda España y la pandemia del covid se extendía por el mundo. Ese mismo verano y el siguiente, con las discotecas y pubs de Ibiza cerrados a cal uy canto, el turista «de borrachera» fue minoritario.

Ahora que todo apunta a que la próxima temporada se alcanzarán niveles de ocupación turística prepandémicos, los tuoperadores británicos están registrando numerosas reservas hacia la isla.

La prensa británica se hizo eco ayer de las advertencias que está enviando EasyJet a quienes reservan sus próximas vacaciones en un hotel ‘todo incluido’ en Sant Antoni, detallando las limitaciones con las que se encontrarán los turistas en el establecimiento.

Según los rotativos de Reino Unido, el turoperador comunica que como consecuencia del decreto ley de enero de 2020, los hoteles con ‘todo incluido’ de Sant Antoni dividen la jornada en dos turnos (horario de comida y horario de cena) y cada cliente podrá consumir sólo tres bebidas alcohólicas en cada uno de esos tramos sin poder acumular las no consumidas en uno de los servicios.

EasyJet también recuerda a sus clientes que debido a la normativa no habrá ni ‘horas felices’ ni ‘2x1’ en bebidas alcohólicas en el municipio de Sant Antoni.

La normativa contra el ‘turismo de borrachera’ abarca cinco ejes fundamentales.

Alcohol

Prohibida la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo de alcohol en establecimientos turísticos, así como las barras libres, happy hours o similares. También se prohíbe la exhibición de bebidas alcohólicas, los autodispensadores, además de que los establecimientos que vendan alcohol deberán permanecer cerrados entre las 21.30 y las 8 horas.

‘Balconing’

Prohibidas las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física de las personas en todo el territorio de Baleares, no solo en el ámbito territorial de la norma.

Los hoteles estarán obligados a «expulsar con efecto inmediato» a los huéspedes que lo practiquen. Y se podrá sancionar a los establecimientos que no adopten medidas contundentes contra los visitantes que se precipiten de los balcones de las habitaciones a la piscina.

Excursiones de borrachera

Se prohíbe su publicidad, su organización y su venta para evitar recorridos alcohólicos en las zonas afectadas por el decreto.

‘Party boats’

En relación a las polémicas fiestas que se realizan en embarcaciones de las islas, la nueva normativa prohíbe publicitarlas en las zonas afectadas por este decreto. Por otra parte, este tipo de barcos no podrá recoger o devolver clientes en estas zonas. Además, se suspende la concesión de nuevas licencias.

Régimen sancionador

Las faltas muy graves en la nueva normativa contempla multas de 60.001 a 600.000 euros. Además, la sanción puede llevar aparejado el cierre del establecimiento por un máximo de tres años.

Estas sanciones se aplican a la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido; por la ofertar bebidas alcohólicas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours o 2x1 y 3x1; mantener los autodispensadores de alcohol; la venta de bebidas a menores y a embarazadas; la publicidad o realización de excursiones etílicas (pubcrawling) o cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.

Para las faltas graves se pervén multas de entre 6.001 y 60.000 euros. Se incluyen en este apartado las prácticas peligrosas para la vida, la integridad o la salud de los clientes (para el turista que lo practica); la falta de información de forma expresa a los clientes sobre dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento); la no expulsión de clientes que realicen dichas prácticas peligrosas (también para el establecimiento); ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcohólicas o tener expuesto alcohol en los establecimientos, entre otros aspectos.

En cuanto a las faltas leves, las multas se han fijado en una orquilla entre los 1.000 y los 6.000 euros. Se considerará falta leve cualquier otra infracción incluida en el decreto.

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