Ramón García, presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Balears (Covib), percibe aspectos mejorables en el anteproyecto de ley de bienestar animal, una iniciativa legislativa que, lamenta, no está contando con la opinión de muchos de los agentes implicados.

Comienza concediendo que la legislación balear de la materia data del año 92 y que en estos treinta años «ha cambiado no solo la sociedad sino también la consideración que se tiene de los animales de compañía».

Aunque habla del inicio de la tramitación de una ley autonómica para garantizar el bienestar de los animales de compañía, sospecha que todo está parado, como la nueva ordenanza de Cort en este mismo aspecto, a la espera de que se promulgue la normativa estatal de mayor rango.

En el inicio de sus objeciones a lo que se prevé que regule esta última, García señala que la pretensión de eliminar totalmente los sacrificios de animales en las perreras una vez transcurrido un tiempo de tenencia es muy «loable», pero se pregunta cómo se abordará el hecho de perreras desbordadas de canes o el hecho de que hay perros agresivos y peligrosos «inadoptables».

También reclama que cuando un veterinario decida sacrificar a un animal por problemas de salud su decisión no sea cuestionada por unos dueños que prefieran agotar todas las posibilidades de tratamientos. «Que la decisión del veterinario se respete porque no hay ningún profesional que quiera hacerlo y vamos con mucho ojo antes de decidir hacerlo», subraya.

La formación de los propietarios también le parece excesiva y, antes bien, han trasladado a la conselleria de Educación que sería preferible introducir en el currículo formativo de nuestros escolares una asignatura que educase en una tenencia responsable de las mascotas.

Tampoco está muy de acuerdo con la esterilización generalizada, medida que sí aplicaría a los incontrolables gatos pero que le parece algo excesiva para los perros. Aunque propugna el control de la cría y los criadores: «Se ha comprobado que unas buenas condiciones durante la gestación y la lactancia son determinantes para que el perro no tenga miedo y sea agresivo en el futuro», argumenta para concluir el veterinario.

Hasta el pasado 5 de enero en que se modificó el Código Civil para dar la consideración de seres con sentimientos a los animales de compañía, dependías de la sensibilidad del juez que te tocara a la hora de decidir cuál de los dos cónyuges se quedaba con la mascota tras un proceso de separación.

«Antes, salvo raras excepciones de magistrados que lo aplicaban, el juez se limitaba a conceder la custodia del animal al titular de la cartilla del perro, a la persona que en el momento de su adquisición o adopción decidisteis poner como titular», comienza Manuel Molina.

Pero ahora las cosas han cambiado. «Desde la modificación, todos los jueces tendrán que valorar quién de los dos cónyuges tiene un mayor vínculo con el animal y adoptará medidas para que se paguen a medias los gastos que ocasiona el animal en alimentación, revisiones veterinarias, vacunas y lo que precise», prosigue.

Preguntado sobre qué puede exigir un juez como prueba de carga de ese vínculo, el letrado apunta a asistencias al veterinario con el animal, las declaraciones de testigos o fotos de los paseos. Pero Molina va más lejos y prevé que cuando esta situación se haya normalizado no habrá procedimientos de separaciones de mutuo acuerdo que no incluyan qué se va a hacer con el animal, el régimen de visitas en caso de custodia compartida o el reparto de los gastos que ocasione.

Poder disfrutar de un perro o de cualquier otra mascota como animal de compañía será en breve no solo un derecho sino también una responsabilidad que obligará a cumplir una serie de obligaciones. El anteproyecto de ley de bienestar animal que está promoviendo el Gobierno central está paralizado en estos momentos por presiones del sector cinegético que quiere excluir a sus perros de la norma general, denuncia el abogado Manuel Molina, presidente y fundador de la Asociación Balear de Abogados por los Derechos de los Animales (Abada), entidad sin ánimo de lucro creada hace ahora diez años.

El letrado revela que el proyecto de Ley ahora paralizado por las presiones de los cazadores canalizadas a través del ministerio de Agricultura prevé que los propietarios de los animales realicen un curso formativo previo antes de la posesión, que la mascota disponga de un dni-electrónico con el que será inscrito en un registro estatal de identificación y que todos los propietarios que vayan a tener a los animales en el exterior los deban esterilizar de manera generalizada, entre otros aspectos polémicos.

Molina defiende todas estas futuras modificaciones y razona sus motivos. Sobre la esterilización de los animales, sostiene que se quiere evitar que «particulares se dediquen a la cría y venta de cachorros porque está demostrado que, cuando hay demanda, se fomenta la explotación».

Prohibida la venta en tiendas

Por eso la nueva ley restringirá su comercialización a los criadores profesionales regularizados e incluso evitará que se vendan en las tiendas de mascotas. «Se pretende fomentar la adopción», aduce.

Sobre los cursillos previos que habrá que realizar antes de tener una mascota, el letrado animalista es de la opinión que con esta formación previa mucha gente que no sabe qué implica tener un animal en casa se echaría atrás y se evitarían los indeseables abandonos de animales.

A la espera de que el anteproyecto de ley se plasme en una normativa, este mes de enero ya se ha dado un gran paso al considerar que los animales de compañía ya no pueden ser considerados como «cosas» o «bienes muebles» sino como «seres sintientes». La ley 17/2021, de 15 diciembre, ha cambiado la naturaleza de estos animales desde el 5 de enero, fecha en la que entró en vigor.

Para ello, esta ley ha tenido que modificar el código civil para cambiar la naturaleza de estos animales, ha realizado un redactado nuevo de la ley hipotecaria para evitar que puedan ser embargados o hipotecados como bienes materiales y, por último, ha modificado la ley de enjuiciamiento civil para que los jueces decidan quién se queda con la custodia en las separaciones.

«Se ha modificado el Código Civil para fijar que los animales de compañía son seres con capacidad de sentir por un mandato de la UE que ya estableció esta consideración en el tratado de Lisboa de 2007», apunta Molina señalando que, de esta manera, se evitará por ejemplo que en una reclamación de una deuda te puedan embargar al perro. «Se ha intentado dificultar básicamente que a partir de ahora puedan ser tratados como objetos», sintetiza.

Esta modificación del Código Civil de la mano de la ley 17/2021 regulará también las devoluciones de las mascotas a sus dueños. «Antes, si te encontrabas al perro de tu vecino por la calle debías devolvérselo pese a saber que sufría maltratos. Ahora no deberás hacerlo si existen indicios claros y fundados del maltrato o abandono del animal por parte de tu vecino», se congratula el abogado añadiendo que además deberás poner en conocimiento de las autoridades esta circunstancia.

«El Código Penal ya persigue el maltrato grave de los animales, pero la futura ley incrementará las sanciones administrativas que podrían pasar de las cuantías máximas previstas hoy en la ley balear de bienestar animal que data de 1992, unos 300 euros, hasta los 600.000 por los supuestos más graves», concluye Molina.

Los veterinarios ven inviable erradicar totalmente los sacrificios

El presidente del Colegio se pregunta qué se hará con los perros agresivos «inadoptables» 

Ramón García, presidente del Colegio Oficial de Veterinarios de Balears (Covib), percibe aspectos mejorables en el anteproyecto de ley de bienestar animal, una iniciativa legislativa que, lamenta, no está contando con la opinión de muchos de los agentes implicados.

Comienza concediendo que la legislación balear de la materia data del año 92 y que en estos treinta años «ha cambiado no solo la sociedad sino también la consideración que se tiene de los animales de compañía».

Aunque habla del inicio de la tramitación de una ley autonómica para garantizar el bienestar de los animales de compañía, sospecha que todo está parado, como la nueva ordenanza de Cort en este mismo aspecto, a la espera de que se promulgue la normativa estatal de mayor rango.

En el inicio de sus objeciones a lo que se prevé que regule esta última, García señala que la pretensión de eliminar totalmente los sacrificios de animales en las perreras una vez transcurrido un tiempo de tenencia es muy «loable», pero se pregunta cómo se abordará el hecho de perreras desbordadas de canes o el hecho de que hay perros agresivos y peligrosos «inadoptables».

También reclama que cuando un veterinario decida sacrificar a un animal por problemas de salud su decisión no sea cuestionada por unos dueños que prefieran agotar todas las posibilidades de tratamientos. «Que la decisión del veterinario se respete porque no hay ningún profesional que quiera hacerlo y vamos con mucho ojo antes de decidir hacerlo», subraya.

La formación de los propietarios también le parece excesiva y, antes bien, han trasladado a la conselleria de Educación que sería preferible introducir en el currículo formativo de nuestros escolares una asignatura que educase en una tenencia responsable de las mascotas.

Tampoco está muy de acuerdo con la esterilización generalizada, medida que sí aplicaría a los incontrolables gatos pero que le parece algo excesiva para los perros. Aunque propugna el control de la cría y los criadores: «Se ha comprobado que unas buenas condiciones durante la gestación y la lactancia son determinantes para que el perro no tenga miedo y sea agresivo en el futuro», argumenta para concluir el veterinario.

«La titularidad de la cartilla ya no decidirá quién se queda con él»

Desde el 5 de enero los jueces deciden el cónyuge que mantiene el perro en función del vínculo

Hasta el pasado 5 de enero en que se modificó el Código Civil para dar la consideración de seres con sentimientos a los animales de compañía, dependías de la sensibilidad del juez que te tocara a la hora de decidir cuál de los dos cónyuges se quedaba con la mascota tras un proceso de separación.

«Antes, salvo raras excepciones de magistrados que lo aplicaban, el juez se limitaba a conceder la custodia del animal al titular de la cartilla del perro, a la persona que en el momento de su adquisición o adopción decidisteis poner como titular», comienza Manuel Molina.

Pero ahora las cosas han cambiado. «Desde la modificación, todos los jueces tendrán que valorar quién de los dos cónyuges tiene un mayor vínculo con el animal y adoptará medidas para que se paguen a medias los gastos que ocasiona el animal en alimentación, revisiones veterinarias, vacunas y lo que precise», prosigue.

Preguntado sobre qué puede exigir un juez como prueba de carga de ese vínculo, el letrado apunta a asistencias al veterinario con el animal, las declaraciones de testigos o fotos de los paseos. Pero Molina va más lejos y prevé que cuando esta situación se haya normalizado no habrá procedimientos de separaciones de mutuo acuerdo que no incluyan qué se va a hacer con el animal, el régimen de visitas en caso de custodia compartida o el reparto de los gastos que ocasione.