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El juez valida la multa de 15.000€ euros por unas jornadas de chamanes en el Polvorín de Ibiza

La sentencia destaca que el encuentro de líderes indígenas americanos celebrado entre el 13 y el 16 de julio de 2017 en el Polvorín de Santa Gertrudis precisaba del permiso del Consell y supuso un riesgo de incendio

Dos de los líderes espirituales que participaron en las jornadas en el Polvorín. AISHA BONET

El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Palma ha confirmado la sanción de 15.000 euros que el Ayuntamiento de Santa Eulària impuso a la sociedad propietaria del Polvorín de Santa Gertrudis (Ideas de Ibiza SL) por la celebración de un encuentro de chamanes, en el que, organizado por BOA Foundation entre el 13 y el 17 de julio de 2017, participaron 30 líderes indígenas americanos.

El Consistorio impuso la sanción por una infracción «muy grave» de la Ley 7/2013, que regula el régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en Balears; en concreto, la organización de una actividad no permanente mayor sin haber presentado la correspondiente comunicación previa o declaración responsable. Además, para autorizar esta actividad, al hallarse en suelo rústico, se precisaba, además, de un informe vinculante del Consell de Ibiza.

A pesar de que la ley prevé sanciones de entre 10.000 y 100.000 euros, el Consistorio le impuso a la propiedad del Polvorín 15.000 euros, cantidad que el juez considera «proporcionada» por el hecho de que pese a que el Consistorio ordenó la suspensión de la actividad, los organizadores hicieron caso omiso y continuaron con la misma. Contra la sentencia no cabe recurso.

El recurrente alegó infructuosamente que se trató de un acto «estrictamente privado, eventual, no abierto al público, en una propiedad privada» y que no fue este el organizador sino que, dada su relación con Boa Foundation, cedió gratuitamente su espacio. Respecto a la publicidad del encuentro, la propiedad del Polvorín señaló que no se cobró cantidad alguna a los asistentes. «Fue una reunión pacífica de carácter privado sin música ni ruidos que pudieran ocasionar molestias a los vecinos», justificó el recurrente según recoge la sentencia.

Parte de los asistentes al encuentro con los chamanes en el Polvorín de Santa Gertrudis. | AISHA BONET

En la sentencia, el juez expone que en el expediente del Ayuntamiento se observa la instalación de toldos y estructuras (una chimenea), tiendas y cabañas, así como instalaciones en general que «superan lo que de ordinario pueda emplearse en una mera reunión amistosa».

Pulseras y control de entrada

Además, de la existencia de la publicidad que «la parte recurrente ignora», se suma «la existencia de pulseras para identificar a los asistentes y un control de entrada y salida de personas». Algunas de ellas manifestaron a la Policía que no residían ahí, pero que habían escuchado que había una conferencia de personas de distintas partes del mundo y que, al parecerles interesante, decidieron acudir, sin pagar nada, eso sí. «Resultaría innecesario el control o la existencia de pulseras en el caso de que se asumiera la tesis del recurrente», concluye el juez.

La sentencia recuerda que la ley infringida tiene por objeto «garantizar la seguridad, salubridad y preservación del medio ambiente» y destaca que el encuentro para el que se instaló una chimenea se celebró en verano, en zona forestal, con lo que «se incrementó el riesgo de incendio». «Razón suficiente para justificar el control e intervención de la Administración», justifica el juez, que agrega que el resto de instalaciones montadas también podían «generar riesgos para las personas».

En julio de 2017, después de que el Ayuntamiento ordenara la suspensión de las jornadas, uno de los propietarios del Polvorín, Alejandro Lozano, explicó lo siguiente a este diario: «No estamos haciendo fiestas, ni eventos, tan solo estamos reunidos y rezando con los líderes espirituales de muchas naciones indígenas, y reclamamos nuestro derecho a hacerlo sin sufrir ningún tipo de acoso».

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