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Cinco años y medio de cárcel para el hombre que abusó sexualmente de una niña

El condenado tiene prohibido aproximarse a menos de 500 metros de la menor durante nueve años, deberá indemnizarla con 8. 000 euros y tendrá la obligación de participar en programas de educación sexual

El acusado, de espaldas, durante el juicio celebrado el pasado 6 de octubre en Eivissa. | L. A.

La Audiencia Provincial ha condenado a cinco años, seis meses y un día de prisión a Jose Rafael López, de 30 años, por abusar sexualmente de una niña de cinco años en un bar de Sant Antoni en julio del año pasado. Además, la sentencia le prohíbe aproximarse a menos de 500 metros de la menor, a su domicilio, centro escolar, o cualquier lugar público o privado frecuentado por ésta, ni comunicarse con ella, por un período de nueve años. Estará obligado a indemnizar a la víctima con 8.000 euros y deberá participar en programas de educación sexual.

A su vez, se le impondrá la medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad al cumplimiento de la pena de cárcel, por un tiempo de siete años. También deberá pagar las costas procesales.

Se ha considerado como agravante el abuso de confianza del que hizo uso el condenado, puesto que había «una relación previa de amistad entre él y la menor», con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño. El condenado consignó la cantidad de 6.000 euros en su nombre con anterioridad al juicio oral celebrado el pasado 6 de octubre.

Los hechos ocurrieron el 27 de julio de 2020, entre las 18.15 y las 19.30 horas, en un bar de Sant Antoni, cuando Jose Rafael López, de origen paraguayo, acompañó a la niña de cinco años de edad al baño. Una vez allí, el ahora condenado «cerró el pestillo y, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, haciendo uso de la seguridad y tranquilidad que le proporcionaba la relación previa de amistad entre ambos, la desvistió, se la sentó encima y, balanceándola, le rozó con su pene los genitales, al menos en la parte externa». Como consecuencia de estos hechos, la menor sufrió «dilatación vulvar con eritema», según relata la sentencia.

En la sentencia se indica que el día de los hechos, el condenado «había ingerido previamente alcohol, pese a lo cual conservaba íntegras sus facultades intelectivas y volitivas». El procesado, privado de libertad desde el 3 de agosto de 2020, continuará en prisión provisional hasta que la sentencia sea firme.

El juicio

El condenado alegó en la vista oral celebrada el pasado 6 de octubre «no recordar nada» sobre los hechos que se le imputaban debido al estado de embriaguez en el que se hallaba el día de la agresión. El hombre aseguró que solo recordaba lo sucedido «momentos antes y después, pero no durante». Sin embargo, la fiscalía sostuvo que el acusado presentaba claridad mental por la forma en que adaptó su lenguaje al de la pequeña a la hora de realizar los actos delictivos, llegando, incluso, «a buscar la empatía con la menor», según las declaraciones testificales.

Según relató el agresor, llevaba «desde por la mañana bebiendo cerveza en su casa en compañía de su pareja hasta aproximadamente las 16 horas, que se separaron». Él se marchó al bar y ella se quedó al cuidado de la menor que, debido a la relación de amistad que tenían con la madre, le dejó a la niña para llevarla a la piscina. El condenado conocía a la madre desde hacía tres años y llegaron a convivir durante algunos meses en ese periodo.

La madre de la menor declaró en el juicio que, como consecuencia de la experiencia vivida, la niña se encontraba en terapia, «tenía pesadillas, ideas confusas, no se dejaba lavar el cuerpo y tenía que acompañarla siempre que iba al baño, aunque luego no la dejaba entrar». Según reflejó el informe médico, la menor presentaba «la vulva levemente enrojecida con una leve dilatación, sin signos de penetración». La psicóloga forense apuntó que en el momento de los abusos, «la menor se encontraba en una situación fácilmente sugestionable, dada la relación de confianza que le unía con el acusado».

La fiscalía pidió para José Rafael López una pena de seis años de prisión por un delito de abusos sexuales con el agravante de abuso de confianza, una indemnización a la víctima de 12.000 euros, considerando el daño moral debido al escaso desarrollo intelectual de la menor, y siete años de libertad vigilada con posterioridad a la pena, bajo un programa formativo de educación sexual. La acusación particular añadió a esta petición el alejamiento de la menor, quedándole prohibido acercarse a menos de 500 metros durante los siete años posteriores a la pena de cárcel. Por otra parte, la defensa pidió reducir la pena a año y medio de prisión y la indemnización a 6.000 euros, importe que ya se había consignado en los juzgados.

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