El Ayuntamiento de Eivissa ha abierto el plazo de solicitud de las ayudas para el alquiler de vivienda destinado a residentes en el municipio de Ibiza. La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) de 19 de agosto, establece 10 días hábiles para solicitudes, lo que supone que el trámite se podrá realizar hasta el 2 de septiembre.

¿Cómo hacer la solicitud?

Las personas interesadas, pueden realizar la solicitud de las ayudas para el alquiler en Ibiza tanto en línea, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, como de manera presencial, en el registro de entrada del Ayuntamiento de Eivissa mediante cita previa. La reserva de cita previa se debe pedir a través del enlace de 'Servicio de cita previa en línea' y seleccionando el servicio 'Ayudas al alquiler de vivienda habitual para residentes en el municipio de Eivissa' o bien en el teléfono 900 713 878.

Desde la concejalía de Vivienda han recordado que es importante preparar previamente la documentación necesaria para realizar correctamente la solicitud de las ayudas para el alquiler de vivienda. Con este motivo, la semana pasada el Consistorio puso ya en funcionamiento tanto el teléfono 900 713 878 como el correo electrónico habitatge@eivissa.es con el fin de resolver dudas.

El Ayuntamiento de Eivissa destinará un total de 500.000 euros a las ayudas para el alquiler de vivienda dirigidas a residentes en el municipio de Ibiza para 2022. En esta convocatoria se reservará inicialmente un 20% del importe global del crédito, 100.000 euros, para las solicitudes de personas que tengan 35 años o menos.

Ayudas para paliar los elevados precios del alquiler en Ibiza

El Consistorio indica que el objetivo de estas ayudas es intentar paliar los efectos del encarecimiento del alquiler en el municipio y facilitar la permanencia en una vivienda de alquiler sin provocar indirectamente una subida de los alquileres.

El objetivo de las ayudas es paliar el encarecimiento del alquiler en el municipio de Ibiza. Ayuntamiento de Eivissa

Además, esta convocatoria presenta una condición especial, ya que debido a la pandemia podrán acceder a las ayudas las personas que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias de 2020.

Límites de las ayudas al alquiler en Ibiza

El límite del alquiler subvencionable será como máximo de 1.200 euros y ninguna ayuda podrá superar la cantidad de 5.760 euros ni el 40% de los importes de los alquileres pagados (hasta 480 euros al mes). Estos límites se ampliarán a 7.200 euros y al 50% de los alquileres pagados (hasta 600 euros al mes) en caso de jóvenes y mayores (65 años o más).

Los alquileres a subvencionar son los pagados entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Requisitos para hacer la solicitud

Entre los requisitos para solicitar la ayuda está el estar empadronado de manera ininterrumpida en el municipio desde el 1 de enero de 2020 hasta el último día para presentar la solicitud. Además, se otorgarán puntos por años adicionales de empadronamiento ininterrumpido.

Las personas solicitantes deben ser mayores de 18 años o menores emancipados y los ingresos de la unidad de convivencia no deben ser inferiores al importe de los alquileres. Además, los ingresos anuales de la unidad de convivencia en el año 2020, sumados los de todos los convivientes, no debe superar el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2021 por cuatro (31.634,40 euros), en general, por cinco (39.543,00 euros), para familias numerosas de categoría general o para personas con discapacidad y por seis (47.451,60 euros) para familias numerosas de categoría especial o para personas con discapacidad (intelectual o de desarrollo o enfermedad mental con un grado reconocido de al menos el 33% o física de al menos el 65%).

Documentación a presentar para recibir las ayudas

Las personas solicitantes deberán presentar entre otra documentación, su documento de identidad y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años; un documento bancario donde se acredite el código IBAN completo y la titularidad de la cuenta corriente a nombre de la persona que solicita la subvención; el contrato/s alquiler de la vivienda y la acreditación del pago de la de la renta de alquiler desde el 1 de julio de 2020 hasta el mes anterior a la convocatoria; y una declaración responsable de todos los miembros de la unidad de convivencia, que estará disponible para su descarga en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Ayuntamiento de Eivissa

Teléfono: 971397600