La persona a la que inicialmente la Administración, erróneamente, reconoció la propiedad de las parcelas afectadas por la expropiación prevista para construir la autovía del aeropuerto aseguró, en sus alegaciones contra la revisión de oficio para anular el proceso, que en todo momento siguió las indicaciones de la Administración, que aportó toda la documentación que le fue requerida y que, incluso, sufrió «presiones para firmar cuanto antes».

También manifestó que, cuando se produjo la expropiación de los terrenos (el proceso se inició en 2005 y culminó en 2008) le hubiera gustado impugnar el precio que le abonó el Govern (306.112 euros) pero al final no lo hizo para zanjar este asunto por la vía rápida y evitar «el típico peregrinaje jurisdiccional».

El afectado indica que el error en la delimitación de la titularidad de un bien no puede considerarse en absoluto causa de nulidad, ni administrativamente ni civilmente, y que, en todo caso, debería comportar la aplicación del régimen disciplinario al empleado público que lo ocasionó. Además, recuerda que la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación y la lista de propietarios estuvo en exposición pública sin que otras personas interesadas pusieran objeción alguna.

Devolución del dinero prescrita

Devolución del dinero prescrita

Al igual que lo que apunta el Consell Consultiu, el erróneo propietario advirtió de que el derecho de la Administración a exigir la devolución del dinero ha prescrito, debido a que ya se habría superado, de sobra, el plazo de cuatro años que marca le ley general presupuestaria, al tiempo que apelaba a «la buena fe» y a los límites de la revisión de oficio que marca el artículo 110 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, argumentaba que estaba plenamente convencido de que la expropiación afectaba a los terrenos de la finca familiar que había heredado y, reiteró, nadie planteó ninguna acción reivindicatoria contra ello. Así, destacaba, «un error en el Catastro no puede implicar la nulidad de la expropiación». También adjuntó dos escrituras de compraventa de 1998 y 1991 que supuestamente demostraban que la autovía atravesaba su propiedad.