La Comisión de Medio Ambiente de Balears sostiene que el proyecto para reconvertir las antiguas instalaciones militares del Polvorín de Santa Gertrudis en alojamientos turísticos, con piscina, dos gimnasios, restaurante y sala de reuniones, producirá «impactos significativos», al tiempo que advierte de antemano de que, según los informes de los departamentos de Territorio y Turismo del Consell de Ibiza, resulta «inviable jurídicamente».

De hecho, el Ayuntamiento de Santa Eulària, que tramita la solicitud de licencia de obra y de actividad solicitada por Ideas de Ibiza S. L., vinculada al promotor cultura y empresario Lio Malca, también ha informado a la Comisión de Medio Ambiente, a solicitud de ésta, que el proyecto es «manifiestamente inviable», a la vista de los informes del Consell.

El concejal de Urbanismo, Mariano Juan, explica que, según la ley, Medio Ambiente puede archivar directamente el proyecto (sin evaluar los impactos ambientales, que es su competencia) sólo en el caso de que se considere «manifiestamente inviable», y apunta que, en este caso, el informe del Ayuntamiento llegó a Medio Ambiente, al parecer, días después de la reunión del órgano ambiental de la Comunitat Autònoma.

El promotor basa su solicitud en el hecho de que la ley balear de Turismo permite, en su disposición adicional décima, «el uso turístico en edificaciones que tengan o hayan tenido uso militar». Sin embargo, los técnicos del Consell han informado en contra por una serie de cuestiones, entre ellas que el proyecto no se ajusta a ninguno de los dos tipos de alojamiento turístico previstos en el Plan Territorial Insular (norma 11) y la propia ley de Turismo.

Pérdida de tiempo y dinero

Aunque la concesión de las licencias resulta «manifiestamente inviable» a la vista de los informes del Consell (no son vinculantes), el Consistorio entiende que debe resolver el expediente al final del proceso, cuando reciba la resolución de Medio Ambiente sobre la evaluación de impacto ambiental.

Por su parte, la Comisión de Medio Ambiente advierte de que el proyecto es «inviable jurídicamente» para tratar de evitar, según las fuentes consultadas, que todas las partes pierdan tiempo, y en el caso del promotor también dinero, en la tramitación de la evaluación de impacto ambiental ordinaria acordada.

En su resolución, Medio Ambiente apunta que la evaluación de impacto ambiental (simplificada) presentada por el promotor aporta un análisis de alternativas «mínimo» y recuerda que estas han de ser «razonables y técnica y ambientalmente viables». Dado el aforo calculado, el órgano ambiental avanza que esta actividad puede generar «una gran cantidad de afluencia» en la zona boscosa adyacente, con «los problemas de aparcamiento, tráfico, saturación de accesos, aglomeraciones, residuos...» consiguientes.

Así, la Comisión de Medio Ambiente resuelve que se debe tramitar una evaluación ordinaria (más compleja que la simplificada) porque la actividad turística proyectada «producirá impactos significativos». Considera, además, que se deben evaluar las repercusiones de todas las actividades previstas, no sólo las de alojamiento.