La acusación particular solicitó en el juicio la condena del electricista y además la de un técnico de Cultura del Ayuntamiento de Santa Eulària, que se reunió con los feriantes, y la del propio Ayuntamiento, en este caso en concepto de responsabilidad civil. Los dos últimos han sido absueltos. «Su actuación [la del técnico municipal] se limitó a poner en contacto a los feriantes con la empresa que realizaba los trabajos eléctricos al Ayuntamiento. Ninguna acción u omisión puede predicarse del mismo que originara o contribuyera a la producción del resultado dañoso», explica la magistrada Martina Rodríguez, firmante de la sentencia.

Sobre el Consistorio, señala que los electricistas no estaban contratados directamente, lo que no le exime de una posible responsabilidad patrimonial por el funcionamiento del servicio exigible, conforme a las normas de procedimiento administrativo. El trabajador condenado seguía únicamente las órdenes de su empresa, no existía ningún tipo de organización ni jerarquía municipal de la que dependiera, motivo por el que deben ser absueltos el Ayuntamiento y su aseguradora del pago de una responsabilidad civil. No obstante, la juez añade que el Consistorio era el organizador de la feria, «por lo que no puede alegarse ignorancia alguna».