Condenado a un año de cárcel por agredir a la enfermera que le curaba
La juez no cree la versión del hombre, que aseguró que tuvo una reacción instintiva al sentir dolor
ibiza | n. g. g.
La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, Martina Rodríguez, ha condenado a un año de cárcel a un hombre acusado de un delito de atentado por empujar contra una vitrina a la enfermera del centro de salud de Sant Antoni que le estaba haciendo una cura.
En la sentencia, que ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial, la juez también le obliga a pagar 225 euros de multa por una falta de lesiones, así como a indemnizar a la perjudicada con 82,54 euros.
La magistrada considera probado que sobre las 11.45 horas del 20 de marzo de 2008 el acusado, Anastasio Morales González, fue al centro de salud de Sant Antoni, como hacía desde unos días antes, para curarse una herida que tenía en uno de sus brazos.
Cuando llegó su turno, le indicaron que pasara a la consulta, donde se encontraban un enfermero y una enfermera. Una vez dentro y justo en antes de que se iniciara la cura, accedió también a la sala la esposa del acusado «diciendo, de forma altiva, que era auxiliar de clínica y que quería ver la herida».
Entonces, el enfermero le dijo que, si quería, «que le curara ella en casa» y tras dejarle ver la herida la invitó a salir de la consulta, «siguiendo las normas del centro que permiten únicamente la entrada a pacientes en la dispensación de los actos médicos», recoge la sentencia.
A partir de ese momento, el procesado se mostró molesto, empezó a discutir y le dijo a la enfermera que no le estaba curando bien. A continuación, se levantó «de forma totalmente inopinada» y con las dos manos «empujó violentamente a la enfermera», quien se golpeó con una estantería. «La rápida intervención del otro enfermero impidió que la agresión continuara», apunta la magistrada. Debido a este incidente, la trabajadora sufrió una crisis de ansiedad que necesitó de asistencia médica.
En el juicio, celebrado el pasado 18 de mayo, el acusado explicó que él no agredió a la enfermera, sino que se levantó instintivamente porque le «hizo daño» y entonces ella se echó para atrás y se golpeó sola contra el mueble.
Sin embargo, la juez entiende que lo ocurrido no fue un acto reflejo del procesado al sentir dolor. «No pensamos que pueda tildarse de acto reflejo el hecho de levantarte, abalanzarte hasta alcanzar a la enfermera, pues les separaba una camilla, y con las dos manos propinarle un empujón tan fuerte en el pecho como para hacerle perder el equilibrio y golpearse con el mueble que tiene tras de sí», subraya la magistrada.
En este sentido añade que además el otro enfermero tuvo que intervenir para «evitar otros ataques» y ante el «clima de violencia» que se había generado. «Lo lógico ante una actuación que causa dolor es retirar automáticamente el brazo, no golpear con él», concluye.
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