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El Consell quiere que las discotecas cierren diez horas y media, pero las anima a abrir de mayo a octubre

Imagen del interior de una discoteca de Eivissa, abarrotada de público, durante un concierto / D.I.

Imagen del interior de una discoteca de Eivissa, abarrotada de público, durante un concierto / D.I.

Eivissa | Joan Lluís Ferrer

El Consell Insular de Eivissa propondrá el próximo 3 de marzo a los alcaldes de la isla un borrador de normativa insular sobre discotecas y salas de fiesta, para incluir en las ordenanzas municipales, que obligará a estos locales a cerrar entre las seis de la madrugada y las cuatro y media de la tarde, es decir, diez horas y media seguidas. Esta franja de descanso supone una ampliación de la que el municipio de Sant Josep ha acordado por su cuenta, que obliga a un cierre de sólo seis horas.

Según el documento del Consell Insular, que ya está en poder de los distintos alcaldes, sólo habrá una excepción a este horario de cierre obligatorio: «Los ayuntamientos podrán autorizar una prolongación del horario de apertura hasta las doce del mediodía en las fiestas de apertura y cierre, siempre que éstas se produzcan entre los días 25 de mayo y 5 de junio para la fiesta de apertura y entre los días 1 y 15 de octubre para la fiesta de cierre». Y se añade una condición para acogerse a esta excepción: «Que la actividad sea diaria y permanente desde la apertura hasta el día del cierre», reza el texto oficial.

De este modo, el equipo de gobierno del Consell ofrece a los propietarios de las discotecas la posibilidad de prolongar su temporada de funcionamiento más allá de sus habituales fronteras temporales.

Desalojadas en una hora

La misma propuesta de ordenanza, aparte de precisar a qué hora deberán cerrar las discotecas, también detalla en qué margen de tiempo deberán quedar éstas completamente vacías de público. Dicho plazo «podría ser de una hora a partir del horario oficial de cierre, en el que habrá de cesar la música, de tal modo que a las siete ya no quede público en el interior de la discoteca», afirma el documento.

Por lo que se refiere a las sanciones, en el texto con el que trabaja el Consell y que será analizado en la reunión del día 3 de marzo, los letrados de la institución han indicado al equipo de gobierno que «no es necesario que las ordenanzas regulen las infracciones y las sanciones». Según la indicación que figura en el texto, «bastaría, si se quiere poner algo, una remisión a lo que prevé la Ley 16/2006».

Dicha normativa especifica, en su apartado 119, que el régimen sancionador para las salas de fiesta que incumplan determinados preceptos incluirá multas según si se trata de infracciones leves, graves o muy graves. Las primeras podrán ser multadas con cantidades de entre 600 y 6.000 euros, mientras que las graves pueden ir desde los 6.000 a los 60.000 euros y la posibilidad de suspender el negocio por tres años.

En el caso de las sanciones por infracciones muy graves, éstas pueden oscilar entre los 60.000 y los 600.000 euros y el cierre del negocio por un periodo de hasta tres años.

Sin embargo, el Consell estudia la posibilidad de subdividir estas tres categorías en función del riesgo que cada infracción conlleve para las personas o para los bienes, existencia de intencionalidad o reiteración, o naturaleza de los perjuicios causados.

El documento sobre la ordenación de los horarios de este tipo de establecimientos está siendo ahora analizado por los diferentes ayuntamientos.

Adiós a la `marcha´ continua

Los alcaldes y el Consell Insular comparten el objetivo de terminar con el funcionamiento ininterrumpido de las discotecas y salas de fiesta durante el verano, estableciendo horarios de apertura y cierre.

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