El TSJB anula partes del decreto balear sobre televisiones locales

Eivissa | Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha decretado la nulidad de varios apartados del decreto de 21 de marzo de 2006 por el que el anterior Govern fijaba el régimen jurídico de las concesiones para la prestación del servicio de televisión local.

La sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal admite algunas de las alegaciones que había presentado la Administración del Estado al considerar que el Ejecutivo autónomo se apropiaba de competencias que la Constitución reserva para el Gobierno español.

El primer punto anulado es el apartado séptimo del artículo 14 que permitía que fuera la comunidad autónoma la que emitiera el informe técnico que debía autorizar las emisiones de las nuevas concesionarias.

La resolución del Alto Tribunal también deja sin efecto el punto c del artículo 15 en el que las empresas pueden fijar y percibir tarifas diferentes a las establecidas por la normativa estatal.

El TSJB también anula varios puntos del siguiente artículo y que cuestionaban que sea la Administración central la única que puede establecer qué conductas de los adjudicatarios de licencias suponen una infracción administrativa y qué sanción se merecen.

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