La Policía de Vila denuncia en dos meses a 11 conductores en estado ebrio
Eivissa | Raúl Sánchez
El Código Penal fue reformado el 2 de diciembre de 2007. Desde entonces se han efectuado seis controles preventivos de alcoholemia en diferentes horarios y puntos del casco urbano de Vila, hasta el 31 de enero. Se han hecho un total de 121 pruebas de etilometría, a las que hay que añadir las efetuadas a los conductores implicados en accidentes de tráfico y las que se hicieron a los conductores que presentaban síntomas evidentes de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Once conductores superaron el índice de 0,60 miligramos por aire espirado, por lo que podrían ingresar en prisión y afrontar multas y trabajos en beneficio de la comunidad. Seis de estas etilometrías se practicaron a conductores implicados en accidentes de tráfico, tres a personas que habían cometido alguna infracción administrativa y mostraban síntomas de estar ebrios, tales como conducir zigzagueando, y dos a conductores en un control preventivo de alcoholemia.
Disminuyen las infracciones
El pasado mes de enero la Guardia Civil practicó 1.396 diligencias en el conjunto del Estado por infracciones a una Ley que tipifica como delito circular a gran velocidad o con una elevada tasa de alcohol en sangre, mientras que en diciembre del 2007 fueron 1.723. Es decir, de un mes a otro se observó un 20% menos de imprudencias graves. La mayoría han visto cómo su carné de conducir ha sido retirado y han afrontado multas económicas y trabajos en favor de la comunidad. A este ritmo, alrededor de 18.000 conductores podrían afrontar los juicios rápidos por delitos en la conducción durante el año 2008, originando un probable colapso judicial, aunque parece que está disminuyendo el número de infracciones.
Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal se han reformado las penas que hay que imponer según las diferentes conductas, aunque es importante considerar que el ingreso en prisión no tiene una aplicación inmediata si es inferior a dos años y no se trata del primer delito. Se establecen penas de tres a seis meses de cárcel y multas de 360 a 144.000 euros para los conductores de turismos y motocicletas que circulen a más de 200 kilómetros en una autovía, a más de 180 en una vía convencional y a más de 110 en una vía urbana. Los límites son inferiores para los vehículos industriales, mixtos, etc. Además deberán realizar trabajos a favor de la comunidad que irán desde los 30 hasta los 60 días y se les retirará el carné hasta cuatro años.
Prisión por alcoholemias
Los infractores que sean detenidos con una tasa de alcohol en sangre superior a los 1,2 gramos por litro o a una tasa de alcohol espirado superior a 0,60 miligramos por litro deberán afrontar penas de prisión de seis a doce meses o multas de 360 a 144.000 euros, realizar trabajos en beneficio de la comunidad entre 30 y 90 días y les será retirado el carné entre uno y cuatro años. Si alguien se niega a efectuar el test de alcoholemia o de drogas deberá ingresar en prisión entre tres y seis meses. Los puntos retirados del carné serán cuatro si la tasa supera los 0,25 mg/l de alcohol espirado, seis si superan los 0,50 mg/l, y retirada definitiva si se supera la tasa de 0,60 mg/l.
El nuevo Código Penal establece un aspecto que puede ser polémico, ya que los jueces determinarán el alcance del riesgo al que se ha expuesto a los demás usuarios de la vía por un conductor. En el caso de esta conducción temeraria las penas pueden ir de seis a 24 meses de prisión y de uno a seis años de retirada de carné si se pone en peligro a terceros.
Si se desprecia la vida de los demás pero no se pone a nadie en peligro se puede ingresar en prisión entre uno y dos años, abonar una multa comprendida entre los 360 y los 144.000 euros y ver retirado el carné entre seis y diez años. Si se pone en peligro a terceros las penas de prisión oscilarán entre dos y cinco años, la multa irá desde 720 hasta 288.000 euros y la retirada de carné entre seis y diez años. Se contempla la posibilidad de la retirada del vehículo. Si hubiese muertos o heridos, la pena de prisión será de cinco años, la multa irá desde 1.440 hasta 288.000 euros, se retirará el vehículo y el carné durante diez años. Es posible que la condena se incremente en el caso de homicidio por imprudencia.
El nuevo Código Penal establece penas para los que circulen sin permiso, o lo hagan tras haber perdido todos los puntos, tener caducado el carné o no tenerlo. Las penas irán desde los tres hasta los seis meses, la multa será de entre 720 y 288.000 euros, la retirada del carné entre uno y cuatro años y los trabajos comunitarios oscilarán entre 30 y 90 días.
También se establecen penas de entre seis y 24 meses de cárcel o multas de 720 a 288.000 euros para las personas que creen peligro en el tráfico, como colocar obstáculos imprevisibles en la calzada, derramar sustancias deslizantes o inflamables o anular una señalización. También deberán hacer trabajos en beneficio de la comunidad enre diez y 40 días.
Buena evolución
La Ley castiga ahora con más dureza los excesos de velocidad o conducir bajo los efectos del alcohol. Y parece que está dando resultado. Las infracciones se han reducido ostensiblemente.
Colapso judicial
Si sigue la evolución se podrían celebrar unos 18.000 juicios rápidos en el conjunto del Estado por delitos relacionados con infracciones de circulación, produciendo un probable colapso judicial.
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