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Movilidad

Formentera pone orden en el uso de los patinetes eléctricos: con casco obligatorio y multas de hasta 1.000 euros

Entra en vigor la nueva ordenanza que prohíbe circular por aceras y zonas peatonales y limita la velocidad a 25 kilómetros por hora

Un usuario de un patinete en Ibiza.

Un usuario de un patinete en Ibiza. / JA RIERA / DIB

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Pilar Martínez

Pilar Martínez

Formentera cuenta desde este miércoles, 1 de julio, con una normativa específica para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal, conocidos como VMP, entre los que se incluyen los patinetes eléctricos. La nueva ordenanza entra en vigor tras su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).

Se trata de la primera regulación propia de la isla sobre este tipo de vehículos, cuyo uso ha aumentado en los últimos años. El objetivo del Consell de Formentera es reforzar la seguridad vial, proteger a los peatones y establecer unas normas claras de convivencia entre todos los usuarios de la vía pública.

La ordenanza establece que los vehículos de movilidad personal solo podrán circular por carriles bici y por la calzada de vías urbanas con un límite máximo de 30 kilómetros por hora. En cambio, queda prohibida su circulación por aceras y zonas reservadas exclusivamente para peatones.

Mayores de 16 años y con casco

La velocidad máxima permitida para estos vehículos será de 25 kilómetros por hora y solo podrá viajar una persona por vehículo. Además, únicamente podrán conducirlos las personas mayores de 16 años.

Entre las principales obligaciones figura el uso de casco homologado, así como el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos para este tipo de vehículos. La ordenanza también incorpora la obligación de disponer de un seguro de responsabilidad civil, aunque esta medida no será exigible de forma inmediata: entrará en vigor dentro de 180 días, con el fin de dar un periodo de adaptación a los usuarios.

La nueva normativa prohíbe utilizar el teléfono móvil o llevar auriculares durante la conducción. También obliga a circular con luces y elementos reflectantes entre la puesta y la salida del sol, o en situaciones de baja visibilidad.

Régimen sancionador

El texto incluye un régimen sancionador específico. Las infracciones graves, como circular por aceras, no llevar casco, usar el móvil o auriculares mientras se conduce, o no disponer de los elementos de iluminación obligatorios, podrán ser sancionadas con multas de hasta 200 euros.

Las conductas consideradas muy graves, como conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, manipular el vehículo para superar el límite de velocidad o desarrollar actividades económicas sin autorización, podrán conllevar sanciones de entre 500 y 1.000 euros.

El Consell de Formentera recuerda a los usuarios la importancia de conocer y respetar la nueva normativa. También anima a consultar la infografía informativa elaborada por el Consell y el texto íntegro de la ordenanza, publicado en el BOIB, para conocer con detalle los derechos y obligaciones que entran en vigor a partir de ahora.

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