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Un capitán de barco en Formentera se queja en TikTok de que le pidieran quitar la música cuando fondeaba en ses Illetes
El autor del vídeo asegura que una semirrígida sin identificación se acercó a su barco en el Parque Natural de ses Salines para pedirle que apagara la música
Los comentarios le recuerdan la normativa del parque

Vista aérea de la playa de ses Illetes. / GERARDO FERRERO
Un capitán de barco ha subido un vídeo a TikTok para quejarse de una situación que, según relata, vivió mientras estaba fondeado en ses Illetes, en el Parque Natural de ses Salines. En la grabación, el hombre asegura que una embarcación semirrígida se acercó a su barco para pedirle que quitara la música. “Me acaba de pasar algo muy curioso, casi absurdo”, comienza explicando el autor del vídeo, que sostiene que la semirrígida no llevaba “ningún tipo de identificación” y que tampoco iban identificadas las personas que viajaban a bordo.
Según su versión, le dijeron que quitase la música pese a que, afirma, el volumen era el normal en una embarcación. “Estamos hablando de tener la música como la puedes tener en el barco normal. Pero normal, o sea, ni escándalo ni nada”, asegura. El capitán explica que en ese momento iba acompañado por una persona que, según indica, es abogado. Este le habría preguntado a los ocupantes de la semirrígida qué normativa impedía poner música en esa zona. “El abogado le dijo: a ver, explícame dónde está esa ley”, relata el autor del vídeo, que asegura que no supieron concretarle ninguna norma.
También cuestiona que pudieran valorar el nivel de ruido sin disponer de un medidor de decibelios. “¿Dónde está el sonido que estamos haciendo, el ruido que estamos haciendo? Los decibelios que estamos tampoco tienen capacidad de medirlo, no les dan ni siquiera ese instrumento”, afirma. El usuario critica que se le pidiera apagar la música con el argumento de que se encontraba en un parque protegido. “Ni te dicen la normativa, ni la ley, ni nada. O sea, es así, dicen, es así”, lamenta.
En el vídeo, el capitán asegura que no apagó la música y que tomaron una fotografía de la embarcación que se acercó a ellos. También advierte a otros navegantes de cara al verano: “No os dejéis amedrentar por gente que no es nadie”.
Los comentarios le recuerdan la normativa del parque
Los usuarios de Tik Tok no han tardadpo en reaccionar y han ilustrado al capitán sobre la normativa del parque natural. La publicación ha generado así respuestas de usuarios que le reprochan su actitud y le recuerdan que la zona forma parte del Parque Natural de ses Salines. Uno de los comentarios señala: “Lo prohíbe el artículo 45 del Plan Rector de uso y Gestión del Parque Natural de Ses Salines”.
Otro usuario añade que, “en la isla de s'Espalmador, al estar dentro del Parque Natural de Ses Salines, está totalmente prohibido reproducir música a bordo de los barcos”. En ese mismo comentario se defiende que “la normativa del parque es muy estricta para proteger el ecosistema (especialmente las praderas de posidonia) y garantizar el descanso de las aves y otros usuarios”, y se apunta que las autoridades sancionan “el uso de equipos de sonido y altavoces”.
También hay comentarios que apelan a la convivencia entre embarcaciones fondeadas. “No te das cuenta de que nos compramos el barco para estar fondeados tranquilos en nuestro barco disfrutando del día y nos jode que se nos coloque al lado un dominguero con la música a todo trapo. Es cuestión de educación”, escribe otro usuario.
Contaminación acústica
El artículo 45 del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Natural de Ses Salines (aprobado por el Decreto 132/2005) regula la contaminación acústica, y prohíbe con carácter general cualquier ruido que tenga una incidencia ambiental negativa. Además, establece que la administración puede imponer restricciones o medidas correctoras a los usos y actividades autorizados si estos comprometen los objetivos de conservación o uso público del parque. El texto completo y oficial de la normativa está disponible para su consulta en el documento publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NATURAL DE SES SALINAS DE IBIZA Y FORMENTERA
Artículo 45
Contaminación acústica. Se prohíben con carácter general los ruidos con incidencia ambiental negativa. Podrán imponerse restricciones o medidas correctoras sobre los usos y actividades autorizados cuando estos puedan comprometer los objetivos de conservación o de uso público previstos en el plan rector. Cuando de la aplicación de estas medidas puedan derivarse restricciones de derechos básicos o de aprovechamientos legítimos, estos deberán ser debidamente indemnizados. Queda prohibida la utilización en los cultivos de mecanismos espantapájaros consistentes en la generación de ruidos.
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