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Seguridad

El Consell solicita una multa por "mala fe" contra la empresa que ha recurrido dos veces el balizamiento del litoral de Formentera

La institución acusa a la empresa que quedó en segundo lugar en la licitación de actuar con “temeridad y mala fe” y reclama al Tribunal Administrativo Central de Recursos que levante la suspensión del contrato para instalar el servicio cuanto antes

Balizado en Cala Saona en una imagen de archivo

Balizado en Cala Saona en una imagen de archivo / CIF

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Pilar Martínez

Pilar Martínez

Formentera

El equipo de gobierno del Consell de Formentera, reunido en Junta de Gobierno extraordinaria y urgente el pasado 29 de abril, aprobó solicitar al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Tarc) que imponga una multa a una de las empresas que participó en la licitación del contrato de balizamiento de las playas de la isla, tras presentar dos recursos contra la adjudicación del servicio.

En el informe remitido al Tribunal, la institución insular acusa a la mercantil recurrente de actuar con "temeridad y mala fe procesal" al presentar un segundo recurso especial en materia de contratación el 27 de abril, con argumentos prácticamente idénticos a los ya expuestos en un recurso anterior. Según defiende el Consell, esta actuación tendría como finalidad "entorpecer y paralizar" un contrato que considera esencial para la seguridad en el litoral de Formentera.

En este sentido, el acta de la Junta de Gobierno explica que el artículo 58.2 de la Ley de contratos del sector público establece expresamente que, en caso de que el órgano competente aprecie temeridad o mala fe en la interposición del recurso, "podrá acordar la imposición de una multa al responsable de la misma". El importe de esta multa oscila entre 1.000 y 30.000 euros, determinándose su cuantía "en función de la mala fe apreciada y el gravísimo perjuicio ocasionado al órgano de contratación y al interés público". El Consell considera que este perjuicio se traduce en el "peligro inminente para la vida humana derivado de no tener el balizamiento instalado en la fecha límite del 1 de mayo", por lo que solicita no solo la desestimación del recurso de la empresa, sino que se le imponga "una sanción económica ajustada a la gravedad de los perjuicios y riesgos generados por su actitud obstaculizadora".

Rechazo a la puntuación en un criterio

El contrato fue adjudicado a otra empresa licitadora, pero su formalización ha quedado suspendida tras la presentación del segundo recurso. La recurrente cuestiona la puntuación recibida en uno de los criterios de la licitación, después de que la Mesa de Contratación le otorgara cero puntos en el apartado relativo al cronograma y plan de seguimiento del servicio.

El Consell sostiene que la empresa no incluyó correctamente las vías de contacto operativas exigidas para la ejecución del contrato, como teléfonos o canales específicos para incidencias, reparaciones o emergencias. La recurrente, por su parte, alegó que esos datos sí figuraban en la documentación presentada, aunque la institución insular defiende que se trataba de datos administrativos y no de un sistema operativo de contacto vinculado al servicio.

Además de pedir la desestimación del recurso, el Consell reclama al Tribunal que levante de forma inmediata la suspensión automática del procedimiento para poder formalizar el contrato con la empresa ganadora del concurso e instalar el balizamiento. La institución recuerda que este servicio debía estar operativo desde el 1 de mayo y lo considera imprescindible para separar las zonas de baño del tráfico marítimo, ordenar los usos del litoral y garantizar la seguridad de bañistas y embarcaciones.

El informe insiste en que la falta de balizamiento en plena temporada turística puede generar un riesgo grave para la seguridad en las playas de Formentera. Por este motivo, el Consell pide que prevalezca el interés público frente al interés económico de la empresa recurrente y solicita que se le imponga una sanción económica por los perjuicios ocasionados al procedimiento.

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