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Urbanismo

Formentera abre la puerta a la legalización extraordinaria de edificaciones en suelo rústico

Sa Unió llevará al próximo pleno una propuesta para aplicar de la ley autonómica que permite regularizar construcciones existentes

Con condiciones específicas fijadas por el Consell y la prohibición de destinarlas a uso turístico.

Vista aérea de la zona de la playa de Migjorn, en Formentera

Vista aérea de la zona de la playa de Migjorn, en Formentera / Gerardo Ferrero

Pilar Martínez

Pilar Martínez

El equipo de gobierno del Consell de Formentera, formado por Sa Unió, llevará al próximo pleno ordinario la propuesta para aplicar en la isla la disposición adicional séptima de la Ley 7/2024, que regula el procedimiento extraordinario de legalización de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico, según afirma un comunicado de prensa de la institución insular.

La iniciativa permitirá desplegar en Formentera este procedimiento previsto por la normativa autonómica, aunque con condiciones específicas fijadas por el propio Consell. La institución actuará con una doble condición: como Consell insular, acordando la aplicación del procedimiento en el ámbito territorial de Formentera, y como administración municipal, estableciendo las medidas concretas que deberán incorporar los proyectos técnicos de legalización.

El vicepresidente segundo y conseller de Territorio e Infraestructuras, Javier Serra, ha explicado que la propuesta “no abre ninguna puerta a nuevas construcciones ni supone una legalización automática de todo lo que existe en suelo rústico”. Según ha señalado, se trata de “aplicar una herramienta legal, prevista por la normativa autonómica, para dar una salida ordenada, técnica y garantista a situaciones que ya existen”.

Serra ha remarcado que el objetivo es dar seguridad jurídica a determinadas edificaciones existentes sobre las que, de acuerdo con la normativa vigente, el Consell ya no puede adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística. “No se trata de hacer negocio, sino de dar respuesta a problemáticas reales de ciudadanos de Formentera”, ha insistido.

La disposición permitiría regularizar situaciones que hasta ahora no tenían una vía clara, especialmente en el caso de edificaciones acabadas después de 1956 que no se ajustaban a modificaciones incorporadas posteriormente al Plan Territorial Insular, o construcciones que en su momento se ejecutaron únicamente con autorizaciones o permisos militares y que no habían podido regularizarse administrativamente.

Requisitos y plazos de prescripción

El procedimiento podrá aplicarse a edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico, tanto común como protegido, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley y hayan transcurrido los plazos de prescripción correspondientes.

“No estamos hablando de una medida mayoritaria ni de una actuación que vaya a modificar el paisaje de la isla. Estamos hablando de dar salida a casos concretos, a realidades que ya existen y que, si no se ordenan, también pueden acabar generando un problema paisajístico por degradación o abandono”, ha señalado Serra.

La propuesta que se someterá al pleno ordinario de abril establece que los proyectos técnicos de legalización deberán incorporar, además de las exigencias previstas por la ley, medidas específicas adaptadas a la realidad de Formentera. Entre ellas figuran un sistema de depuración de aguas residuales adecuado al Plan Hidrológico de las Illes Balears, medidas de adaptación a las condiciones generales de estética del Plan Territorial de Formentera, reducción de la contaminación lumínica, mejoras de eficiencia energética e hídrica y el correspondiente proyecto de integración paisajística.

Pago adicional

Además de la tasa ordinaria de licencia y de los impuestos correspondientes, las personas interesadas deberán abonar una prestación económica adicional. Esta se calculará sobre el presupuesto de obra presentado en el momento de la solicitud y será del 10% si la legalización se pide durante el primer año, del 12,5% si se presenta durante el segundo y del 15% si se tramita durante el tercero.

La propuesta también deja claro que no todo será legalizable. Quedan excluidos los supuestos marcados por la normativa, como edificaciones situadas en dominio público, zonas de protección de carreteras, servidumbres de costas, servidumbres del dominio público hidráulico, zonas inundables, actuaciones sujetas a expropiación, cesión obligatoria o derribo, entre otros casos. Asimismo, en el caso de las viviendas legalizadas mediante este procedimiento extraordinario, la licencia deberá hacer constar expresamente la prohibición de destinarlas a la comercialización de estancias turísticas.

Proposición de Córdoba

Coincidiendo con la iniciativa de Sa Unió, el conseller no adscrito Llorenç Córdoba había anunciado el pasado sábado que iba a presentar ante el pleno del Consell una proposición reclamando al equipo de gobierno que impulsara la aplicación en la isla de este procedimiento extraordinario de legalización. Córdoba recordaba en la nota de prensa que hizo llegar a los medios que otros consells insulares ya han activado esta posibilidad y que, en el caso de Formentera, solo podrá aplicarse si el plenario adopta el acuerdo correspondiente.

Una vez aprobada por el pleno, cosa que ocurrirá casi con toda seguridad al contar con los votos a favor de los ocho consellers de Sa Unió más el del conseller no adscrito, la propuesta deberá publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (Boib). A partir de esa publicación empezará a contar el plazo de tres años para presentar las solicitudes de legalización extraordinaria.

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