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Medio Ambiente

Formentera abre 62 expedientes sancionadores por fondeos irregulares en s’Estany des Peix

Los barcos sancionados estaban fondeados sin autorización con anclas, muertos ilegales o amarres dentro de la zona de boyas

Imagen aérea de s’Estany des Peix. | GERARDO FERRERO

Imagen aérea de s’Estany des Peix. | GERARDO FERRERO

Pilar Martínez

Pilar Martínez

Formentera

El Consell de Formentera llevó a cabo este verano una campaña de inspección de fondeos en s’Estany des Peix que se saldó con 168 actas a embarcaciones no autorizadas que han generado 62 expedientes sancionadores, según explicó la consellera de Medio Ambiente, Verónica Castelló, durante su comparecencia ante el pleno celebrado el pasado 30 de octubre

A estas actas habría que sumar las ocho que levantaron los agentes de la Guardia Civil durante una «exhaustiva» revisión de las embarcaciones fondeadas en el lago que llevaron a cabo a principios del mes de agosto.

Los barcos sancionados estaban fondeados con anclas, muertos ilegales o amarres dentro de la zona de boyas sin autorización o directamente utilizaban las boyas o el pantalán de esta zona protegida sin el pertinente permiso.

Ordenanza municipal

Los procedimientos sancionadores se han iniciado por infringir el artículo 35 de la Ordenanza municipal de uso y aprovechamiento de las playas y los puntos de baño de Formentera, una norma municipal que prohíbe explícitamente «cualquier ocupación de espacio público sin autorización, así como el abandono en el dominio público marítimo-terrestre de embarcaciones, artefactos y elementos náuticos flotantes».

Ese mismo artículo explica que debe comunicarse la infracción al propietario de la embarcación para que la retire y, si no fuera posible dicha comunicación, la barca podrá ser retirada por el Consell y trasladada a un depósito donde, si no se reclama a tiempo, será considerada «residuo sólido urbano», por lo que se podría procederse a su desguace.

En abril, el área de Medio Ambiente ya informó en una circular a los propietarios de barcos de la normativa aplicable al fondeo en s’Estany, advirtiéndoles de que, si no tenían autorización, disponían de un plazo de tres días naturales para su retirada antes de que lo hiciera el propio Consell, un aviso que fue rechazado por la Asociación de usuarios profesionales de s’Estany des Peix, que considera que hasta que se cambie el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), el fondeo es libre condicionado.

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