El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJB) ha dictado una interlocutoria que deniega la medida cautelar solicitada por la Asociación de empresarios y usuarios de s'Estany des Peix para suspender la entrada en vigor de la aprobación inicial del Reglamento por el cual se regulan los fondeos en esta zona.

La interlocutoria destaca la especial relevancia del interés público en la aplicación de la norma, según informa el Consell de Formentera en una nota.

Además, en cuanto a las razones por las cuales se rechazan las medidas cautelares, el TSJB afirma que "son la protección del entorno medioambiental de s'Estany des Peix defendidos por la Administración demandada, ante los intereses de los arrendadores de embarcaciones que fondean en estas aguas defendidas por la asociación y pronto se comprende que estos intereses tienen una naturaleza de carácter económico".

El TSJB considera que "el interés general y público reside en los defendidos por la Administración puesto que en el PRUG [Plan Rector de Uso y Gestión] están ampliamente prohibidas las actividades de alquiler de embarcaciones que la asociación recurrente pretende continuar realizando con la medida cautelar solicitada aquí. Y la razón de ser de esta medida cautelar aprobada y ahora impugnada es precisamente la protección medioambiental de s'Estany des Peix”.

Red Natura 2000

El tribunal recuerda que "la protección de una área ubicada en un parque natural protegido por la Red Natura 2000 de la UE tiene una indudable repercusión en los intereses generales, porque esto supone que quede en suspenso el que precisamente la Administración busca preservar para tratarse de un entorno con un alto valor medioambiental".

"Los intereses privados que defiende la asociación recurrente en cuanto a las dificultades que los titulares de las embarcaciones que en estas aguas fondean no tienen el mismo nivel y rango ante los intereses generales y públicos consistentes a preservar este en torno a alto valor medioambiental", señala el texto.